Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2012 (13/09/2012)
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TEXTO DE LA PÁGINA 16
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NORMAS LEGALES
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 321-2012-MTC/03
El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2012
MORDAZA, 4 de setiembre del 2012 VISTO, el Expediente Nº 2012-004928 presentado por la senora MORDAZA VILLASANTE MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huancane, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Directoral Nº 975-2005MTC/17, de fecha 26 de MORDAZA de 2005, se aprobo el listado de localidades consideradas como fronterizas, comprendiendo en ellas a la localidad de Huancane, del distrito y provincia de Huancane, departamento de Puno; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 080-2004MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 765-2007-MTC/03 y Nº 877-2007-MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 071-2009-MTC/03, N° 662-2010-MTC/03, N° 210-2011MTC/03, N° 541-2011-MTC/03 y N° 182-2012-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda del servicio de radiodifusion sonora en FM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Huancane; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 1 Kw. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 w. hasta 500 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la senora MORDAZA VILLASANTE MORDAZA no se encuentra obligada a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 0382003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;
Que, con Informe Nº 1409-2012-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la senora MORDAZA VILLASANTE MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huancane, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA del procedimiento para la prestacion del servicio de radiodifusion en localidades fronterizas; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda del servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Huancane, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 080-2004-MTC/03 y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la senora MORDAZA VILLASANTE MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huancane, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OBJ-7A Emision : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 0.5 Kw. Clasificacion de Estacion : PRIMARIA D3 POTENCIA Ubicacion de la Estacion: Estudio : Av. MORDAZA E. MORDAZA N° 628, distrito y provincia de Huancane, departamento de Puno. : Longitud Oeste: 69º 45' 36.0'' Latitud Sur: 15º 12' 00.6'' : Cerro MORDAZA MORDAZA, distrito y provincia de Huancane, departamento de Puno. : Longitud Oeste: 69º 45' 49.7'' Latitud Sur: 15º 12' 13.3'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m : RADIODIFUSION EN FM : 92.7 MHz. : COMERCIAL SONORA
BAJA
Coordenadas Geograficas Planta Transmisora
Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio
La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la