Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2012 (13/09/2012)
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TEXTO DE LA PÁGINA 12
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SE RESUELVE:
NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2012
Articulo 1º.- Dar por concluida las designaciones de los senores MORDAZA MORDAZA GALVAN MORDAZA y MORDAZA MORDAZA GONI MORDAZA, como representantes titular y alterno respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP ante la Comision Interinstitucional constituida mediante Ley Nº 29293, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes titular y alterno del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, respectivamente, ante la Comision Interinstitucional constituida mediante Ley Nº 29293. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion a los representantes indicados en el articulo precedente de la presente Resolucion y a la citada Comision Interinstitucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 840640-1
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican la Res. Nº 462-PE-ESSALUD2012, excluyendo al Jefe del Organo de Control Institucional del listado de funcionarios responsables de brindar informacion, en el ambito de la Sede Central de ESSALUD
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 735-PE-ESSALUD-2012 MORDAZA, 10 de setiembre del 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, el Estado tiene la obligacion de entregar informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad, por lo que la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada; Que, el literal b) del articulo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece como obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la informacion de acceso publico; Que, con Resolucion de Gerencia General Nº 1406GG-ESSALUD-2009, se aprobo la Directiva Nº 016-GGESSALUD-2009 "Normas para la atencion de solicitudes de acceso a la informacion publica del Seguro Social de Salud ESSALUD"; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 1321-PE-ESSALUD-2011 se dejo sin efecto el numeral 3 de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia General Nº 1406-GG-ESSALUD-2009, y se establecio el listado de funcionarios responsables de brindar informacion a la que se refiere el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 en el ambito de la Sede Central, entre ellos los cuales se encuentra el Secretario General, el Jefe de Oficina de Administracion, el Gerente Central de Prestaciones de Salud, el Gerente Central de Prestaciones Economicas y Sociales, el Gerente Central de Aseguramiento, el Gerente Central de Infraestructura y el Jefe de la Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos de Inversiones;
Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 462-PE-ESSALUD-2012 de fecha 24 de MORDAZA de 2012, se modifico el numeral 2 de la parte resolutiva de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 1321PE-ESSALUD-2011, a efectos de incluir al Defensor del Asegurado y al Jefe del Organo de Control Institucional como funcionarios responsables de brindar la informacion a que se refiere el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en el ambito de la Sede Central de ESSALUD; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 17º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Organo de Auditoria Interna mantiene una relacion funcional con la Contraloria General, efectuando su labor, de conformidad con los lineamientos y politicas que para tal efecto establezca el Organismo Superior de Control. Asimismo, el articulo 16º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por la Resolucion de Contraloria Nº 459-2008-CG, senala que los OCI ejerceran sus funciones en la entidad con independencia funcional y tecnica respecto de la administracion de la entidad, dentro del ambito de su competencia, sujeta a los principios y atribuciones establecidos en la Ley y a las normas emitidas por la Contraloria General. El personal del OCI no participa en los procesos de gerencia y/o gestion de la administracion; Que, a traves del Oficio Nº 01048-2012-CG/DOCI de fecha 11 de MORDAZA de 2012, el Gerente del Departamento de Gestion de Organos de Control Institucional senalo, entre otros argumentos, que el Jefe del Organo de Control Institucional de ESSALUD es trabajador de la Contraloria General de la Republica, designado en dicha jefatura mediante Resolucion de Contraloria Nº 0842012-CG, no contando con la condicion de funcionario de ESSALUD, por lo que carece del requisito requerido para ser identificado por el MORDAZA representante de la Entidad como encargado de brindar informacion de acceso publico; Que, en ese sentido, resulta necesario excluir al Jefe del Organo de Control Institucional del listado de funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la informacion en el ambito de la Sede Central de ESSALUD, establecido en el numeral 1 de la parte resolutiva de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 462-PE-ESSALUD-2012; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal, y le compete organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Institucion; Estando a lo propuesto y en uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. MODIFICAR el numeral 1 de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 462-PE-ESSALUD-2012, excluyendo al Jefe del Organo de Control Institucional del listado de funcionarios responsables de brindar la informacion a que se refiere el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en el ambito de la Sede Central de ESSALUD. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y adicionalmente, colocar una MORDAZA en las marquesinas de todos los organos que conforman ESSALUD. 3. PUBLICAR la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional de la Entidad para conocimiento y fines. 4. DEJAR SIN EFECTO todo aquello que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Presidente Ejecutivo ESSALUD 839843-1