Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2012 (13/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2012

Se debera seguir utilizando el formulario preimpreso N.º 1076 "Trabajadores del Hogar" unicamente para efectuar las declaraciones pago correspondientes a periodos anteriores a enero de 2009, incluidas sus declaraciones rectificatorias; asimismo, debera ser utilizado para rectificar declaraciones presentadas con este formulario por periodos posteriores a enero de 2009 en los casos senalados en el numeral 4.1 del articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia N.º 245-2008/SUNAT. (...)."

RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 056-2012-SUNARP/SA
MORDAZA, 10 de setiembre de 2012 VISTOS, el Informe Nº844-2012-SUNARP/GL de la Gerencia Legal de la SUNARP; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos es un Organismo Publico Especializado que se sustenta en la Ley N° 26366, Ley de creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos, el Estatuto aprobado mediante la Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la Resolucion Suprema N° 139-2002-JUS; Que, mediante la resolucion del Superintendente Adjunto de los Registros Publicos Nº054-2012-SUNARP/ SA de fecha 05 de setiembre de 2012, se resolvio aceptar la renuncia formulada por el senor Fredy MORDAZA MORDAZA Villajuan, a partir del 10 de setiembre de 2012, precisandose que hasta el 09 de setiembre de 2012 mantiene vinculo laboral; Que, considerando la trayectoria laboral del abogado Fredy MORDAZA MORDAZA Villajuan como Vocal del Tribunal Registral de la SUNARP, resulta pertinente efectuar el reconocimiento a dicha labor, agradeciendo los servicios prestados; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 13º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, aprobado por la Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer el agradecimiento al senor Fredy MORDAZA MORDAZA Villajuan, por los servicios prestados como Vocal del Tribunal Registral de la SUNARP Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PASCO Superintendente Adjunto de los Registros Publicos

840550-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aceptan renuncia de Vocal del Tribunal Registral de la SUNARP y disponen agradecimiento por los servicios prestados
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 054-2012-SUNARP/SA
MORDAZA, 5 de setiembre de 2012 VISTOS, el Informe Nº 825 -2012-SUNARP/GL de la Gerencia Legal de la SUNARP, y la carta de renuncia de fecha 03 de setiembre de 2012 presentada por el senor Fredy MORDAZA MORDAZA Villajuan; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos es un Organismo Publico Especializado que se sustenta en la Ley N° 26366, Ley de creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos, el Estatuto aprobado mediante la Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la Resolucion Suprema N° 139-2002-JUS; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones, en el articulo 12º, establece en el inciso f) que son funciones del Superintendente Adjunto, entre otras, nombrar, contratar, suspender, remover o MORDAZA, con arreglo a ley al personal de la SUNARP que no ejerza cargo de confianza, con excepcion del personal de los organo desconcentrados; Que, con fecha 03 de setiembre de 2012, el senor Fredy MORDAZA MORDAZA Villajuan, formulo su renuncia irrevocable al cargo de Vocal deL Tribunal Registral de la SUNARP, solicitando que se le exonere del plazo de ley. Que, el Texto Unico Ordenado del Dec. Leg. Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR , en el articulo 18º establece que en caso de renuncia o retiro voluntario, el trabajador debe dar aviso escrito con 30 dias de anticipacion. El empleador puede exonerar este plazo por propia iniciativa o a pedido del trabajador; en este ultimo caso, la solicitud se entendera aceptada si no es rechazada por escrito dentro del tercer dia Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 13º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, aprobado por la Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por el senor Fredy MORDAZA MORDAZA Villajuan, a partir del 10 de setiembre de 2012, precisandose que hasta el 09 de setiembre de 2012 mantiene vinculo laboral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PASCO Superintendente Adjunto de los Registros Publicos

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Recomponen conformacion de la MORDAZA Sala del Tribunal Registral de la SUNARP para el periodo 2012
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 057-2012-SUNARP/SA
MORDAZA, 11 de setiembre de 2012 VISTA, la Resolucion N° 054-2012-SUNARP/SA de fecha 05 de setiembre de 2012, mediante la cual se acepta la renuncia formulada por el senor abogado Fredy MORDAZA MORDAZA Villajuan, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal e) del articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, corresponde al Superintendente Adjunto la conformacion de las MORDAZA del Tribunal Registral; Que, en atencion a lo previsto por el articulo 62° del citado Reglamento, las MORDAZA del Tribunal Registral estan integradas por tres (03) Vocales, los que acceden al cargo por Concurso Publico de Meritos, conforme a Ley, y son nombrados por el Superintendente Adjunto; Que, asimismo, el articulo 4° del Reglamento del Tribunal Registral dispone que el numero de Vocales integrantes de dicho organo colegiado es de dieciseis (16), de los cuales uno es el Presidente y los demas integran las salas; Que, en tal contexto, mediante Resolucion N° 1142011-SUNARP/SA de fecha 21 de diciembre de 2011, se establecio la conformacion de las MORDAZA del Tribunal Registral para el periodo 2012; Que, sin embargo, a traves de la Resolucion N° 0542012-SUNARP/SA de fecha 05 de setiembre de 2012, se

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