Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2012 (13/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

474357

040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral N° 4867-2011MTC/15, de fecha 19 de diciembre de 2011, se otorgo autorizacion a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ECIBAR S.A.C., con RUC N° 20456170332, con domicilio fiscal y procesal en MORDAZA Los Pinos N° 103-A, Urb. MORDAZA MORDAZA, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y clase B categoria IIc, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y el curso de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de clase A categorias II y III; Que, mediante Resoluciones Directorales N°s. 11932012-MTC/15 y 2703-2012-MTC/15, se autorizo a La Escuela el incremento de su plana docente y de su flota vehicular; Que, mediante Parte Diario N° 074205 de fecha 20 de junio de 2012, La Escuela, solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I, asi como el incremento de su plana docente y flota vehicular, proponiendo al senor MORDAZA La MORDAZA Supo como Instructor Practico de Manejo y los vehiculos de placas de rodaje N°s. V3F-258 y V2O-692; Que, mediante Oficio N° 5228-2012-MTC/15.03 de fecha 20 de MORDAZA de 2012, notificado el 30 de MORDAZA de 2012, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, siendo respondida mediante Parte Diario N° 098669 de fecha 13 de agosto de 2012, escrito en el que senala que se desiste de proponer al senor mencionado en el considerando precedente y propone en su reemplazo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Morriberon MORDAZA, asimismo se desiste del vehiculo de placa de rodaje N° V3F-258; Que, el numeral c) del articulo 47° de El Reglamento, indica que: "La obligacion de la Escuela es informar a la DGTT sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores"; N 1 MORDAZA HYUNDAI Modelo I10 Clase AUTOMOVIL (M1)

Que, el articulo 43º de El Reglamento, establece las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de Conductores; encontrandose regulado en los literales a), b), c), d) e) y f) de los numerales 43.2 y 43.4, los requisitos minimos que debe ostentar la plana docente y la flota vehicular, en concordancia con lo exigido en los literales d) y j) del articulo 51º de El Reglamento; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 109-2012MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ECIBAR S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehiculos autorizados mediante las Resoluciones Directorales N°s. 4867-2011-MTC/15, 11932012-MTC/15 y 2703-2012-MTC/15. Asimismo, autorizar el incremento de su plana docente y flota vehicular, como se detalla a continuacion: PLANA DOCENTE Cargo de Instruccion Instructor Practico de Manejo Docente a cargo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Morriberon Rosas. Ano Fab. 2011 Placa V2O-692

Nº Chasis MALAM51BABM852781

Nº de Motor G4HGBM216064

Articulo Segundo.- Aceptar el desistimiento presentado por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ECIBAR S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, respecto al senor MORDAZA La MORDAZA Supo como Instructor Practico de Manejo y el vehiculo de placa de rodaje N° V3F-258, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral.

Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ECIBAR S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 838300-1