Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2009 (19/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2009 y Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluidas las designaciones de los funcionarios de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA, que se indican:
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL F-3

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora de la Direccion de MORDAZA DE MORDAZA Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria de la Direccion Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de la Oficina de MORDAZA Informatica, Telecomunicaciones y Estadistica

Transportes y Comunicaciones publico en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de enero de 2004, un extracto de la solicitud de renovacion de Vista, senalando un plazo de sesenta (60) dias calendario a efectos de recibir comentarios u objeciones derivados de la solicitud de renovacion mencionada; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal (a) de la Seccion 4.04 de la clausula 4 de los citados contratos de concesion, el Ministerio debera tomar la decision sobre la renovacion basado en el Informe de Evaluacion presentado por OSIPTEL y los comentarios u objeciones formulados por escrito o en la audiencia celebrada para el efecto; Que, de acuerdo a lo estipulado en la Seccion 4.03 de la clausula 4 de los Contratos de Concesion la evaluacion debera referirse exclusivamente al cumplimiento de las siguientes obligaciones contractuales: (i) las obligaciones establecidas en las Clausulas 6, 8 y 9 de los Contratos de Concesion; (ii) las reglas de interconexion establecidas en la Clausula 10 de los Contratos de Concesion; (iii) las reglas de competencia establecidas en la Clausula 11 de los Contratos de Concesion; (iv) los mandatos y reglamentos debidamente emitidos por el OSIPTEL; y, (v) la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones y la realizacion de sus negocios conforme a las leyes peruanas; Que, dentro de plazo senalado en los Contratos de Concesion se recibieron los comentarios por escrito al procedimiento de renovacion gradual, evaluandolos en su oportunidad; Que, asimismo se llevo a cabo la Audiencia Publica, con la asistencia de 435 personas, y la inscripcion de 57 personas para hacer uso de palabra, de los cuales intervinieron 38 personas realizandose la evaluacion de los comentarios realizados; Que, asimismo para el caso de la renovacion gradual, el inciso b) de la Seccion 4.03 de la clausula 4 de los Contratos de Concesion establecen que OSIPTEL debera preparar el Informe de Evaluacion senalando si, y en que medida la empresa durante el periodo de los cinco (5) anos anteriores, ha cumplido con las obligaciones materia de evaluacion; Que, de acuerdo a la evaluacion realizada por la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones a los actuados, se determino que OSIPTEL debia establecer si y en que medida la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. cumplio con sus obligaciones establecidas en sus respectivos Contratos de Concesion, las que son materia de evaluacion para determinar la procedencia de la renovacion, conforme a lo estipulado en el mencionado inciso b) de la Seccion 4.03 de la clausula 4 de los Contratos de Concesion; Que, en tal sentido, mediante los Oficios Nº 46302007-MTC/27, 6426-2007-MTC/27, 6900-2007-MTC/27, 9341-2007-MTC/27 y 3881-2008-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones solicito a OSIPTEL, establecer una gradacion de los cumplimientos de las obligaciones a cargo de la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A.; Que, OSIPTEL, mediante Carta Nº 467-GG-GL/2008, remite el Informe Nº 093-GG-/2008 por el cual otorgo un valor porcentual al cumplimiento de las obligaciones de la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. tratadas en el Informe de Evaluacion y sus ampliatorios, a efectos de evaluar la solicitud presentada de MORDAZA renovacion gradual de los Contratos de Concesion de la citada empresa, concluyendo que el grado de cumplimiento de la empresa es de 83.98%; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 528-2008MTC/27, se aprobo la publicacion del Informe Nº 093GG/2008 sobre el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Informe de Evaluacion y sus ampliatorios, elaborados por OSIPTEL, considerando la importancia de la informacion contenida en dichos documentos en la determinacion de la decision a ser adoptada por el Ministerio con relacion a la MORDAZA renovacion gradual de los Contratos de Concesion de la empresa TELEFONICA DEL

F-3

Articulo 2º.- Designar en la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA, a los profesionales que se indican:
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL F-3

Quimica farmaceutica MORDAZA Directora de la Direccion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria de la Direccion Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas Medico cirujano MORDAZA MORDAZA Director de la Oficina de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Informatica, Telecomunicaciones y Estadistica

F-3

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 314744-5

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Renuevan plazo de concesiones de diversos contratos para la prestacion de servicios portador y telefonico local en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; y portador y telefonico de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 140-2009 MTC/03 MORDAZA, 18 de febrero de 2009 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2003024465 por la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. sobre la MORDAZA renovacion gradual del plazo de concesion de los servicios portador y telefonico local en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; y portador, telefonico local y de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru, por un plazo adicional de cinco (5) anos; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo establecido en la Seccion 4.03 de la clausula 4 de los Contratos de Concesion de la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. aprobados por Decreto Supremo Nº 011-94-TCC, el Ministerio de