Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2009 (19/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391167

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado, basados en los principios de especializacion, unidad de actuacion y continuidad, correspondiendo al Consejo de Defensa Juridica del Estado dirigir y supervisar dicho Sistema; Que, conforme se senala en el inciso h) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1068, es atribucion del Presidente del Consejo de Defensa Juridica del Estado, resolver los problemas de competencia que puedan presentarse entre Procuradores Publicos; Que, resulta necesario dictar disposiciones referidas al ejercicio de las funciones de los Procuradores Publicos Especializados en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas y de MORDAZA de Activos y MORDAZA de Perdida de Dominio: De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Precisase que la Procuraduria Publica Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, mantiene competencia para ejercer la defensa del Estado en los procesos existentes y los que se inicien relacionados con el delito de MORDAZA de Activos y MORDAZA de Perdida de Dominio originados por el delito precedente de Trafico Ilicito de Drogas. Articulo 2°.- Precisase que a la Procuraduria Publica Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y MORDAZA de Perdida de Dominio, le corresponde actuar en aquellos procesos que se tramiten por la comision de tales delitos. En concordancia con lo dispuesto en el articulo anterior, dicha Procuraduria Publica no podra actuar en los procesos que se tramiten por la comision de los delitos de MORDAZA de Activos y MORDAZA de Perdida de Dominio, cuando tengan como delito precedente el de Trafico Ilicito de Drogas. Articulo 3º.- Las Procuradurias Publicas citadas en la presente Resolucion podran coordinar sus acciones con la finalidad ejercer de manera coherente y sistemica la defensa del Estado, asimismo podran prestarse entera colaboracion respecto de los asuntos materia de su especialidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo de Defensa Juridica del Estado 314754-1

los asuntos de etica institucional y transparencia en el ejercicio de la funcion publica, y recomendar las acciones y medidas a adoptar por la Alta Direccion para garantizar la etica, transparencia y neutralidad politica del Sector, promoviendo una cultura de etica con valores en la funcion publica; Que, con Resolucion Ministerial Nº 063-2009-MIMDES se designo a los miembros que conforman la Comision de Etica y Transparencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, las "Normas de Funcionamiento Interno de la Comision de Etica y Transparencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES", aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 239-2005-MIMDES establecen en su articulo 5º que la Comision de Etica y Transparencia podra contar con Comisionados que actuen en calidad de observadores; Que, estando a lo MORDAZA expuesto, resulta conveniente designar al miembro que conforma la Comision en calidad de observador; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1.- La Comision de Etica y Transparencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 063-2009MIMDES tiene como miembro en calidad de observador (a) a un (a) representante de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILDOSO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 314582-1

PRODUCE
Establecen periodo de pruebas o de simulacion para envio automatico por correo electronico cifrado de informacion relativa a la descarga de embarcacion pesquera contenida en el Reporte de Pesaje, a cargo de titulares de licencias de operacion de plantas de procesamiento de consumo humano directo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 070-2009-PRODUCE MORDAZA, 16 de febrero del 2009 VISTOS: el Informe Tecnico Nº 004-2009-PRODUCE/ DIGSECOVI de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y el Informe Nº 012-2009-PRODUCE/ OGAJ-cfva de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 358-2004PRODUCE de fecha 30 de setiembre de 2004, se dictaron medidas complementarias sobre requisitos tecnicos de instalacion de los instrumentos de pesaje discontinuo automatico utilizados en las plantas de harina y aceite de pescado, con el proposito de facilitar su inspeccion y verificar su adecuado funcionamiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 585-2008PRODUCE de fecha 30 de junio de 2008, se adicionaron requisitos tecnicos para la instalacion de los instrumentos de pesaje discontinuo automatico, con el proposito de

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Disponen que representante de la Defensoria del Pueblo conforme la Comision de Etica y Transparencia del MIMDES en calidad de miembro observador
RESOLUCION MINISTERIAL N° 071-2009-MIMDES MORDAZA, 18 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES contempla dentro de su estructura organica la existencia de organos de caracter consultivo, entre ellos, la Comision de Etica y Transparencia, la cual tiene como funcion el conocer