Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2002 (22/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 22 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Emergencia por el plazo de 60 dias, ante la inminencia del Fenomeno "El Nino" a los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica y San MORDAZA, a efectos que diversas Entidades puedan ejecutar, al MORDAZA de dicho Decreto Supremo, obras y acciones de prevencion y mitigacion de danos; y mediante el Decreto Supremo Nº 098-2002-PCM, del 3 de octubre del 2002, se incluyo dentro de sus alcances a la Provincia Constitucional del Callao, a efectos que en su jurisdiccion se puedan realizar las acciones de prevencion y mitigacion de danos por el Fenomeno "El Nino"; y mediante el Decreto Supremo Nº 117-2002-PCM, del 13 de noviembre del 2002, se prorrogo, con eficacia anticipada al 6 de noviembre del 2002, por el termino de 60 dias adicionales, el Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM; Que, la Fuerza Aerea del Peru cuenta solo con un helicoptero MI-8MTV-1, matricula FAP Nº 602, el cual cumple misiones de transporte de personal y carga relacionadas al desarrollo nacional y apoyo al Sistema Nacional de Defensa Civil, siendo la unica aeronave capaz de realizar operaciones de vuelo en altura (6,000 m.s.n.m.), motivo por el que debe mantenerse en condiciones operativas permanentemente, mas aun considerando el Estado de Emergencia declarado en diez (10) departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, ante la inminencia del Fenomeno "El Nino"; Que, el helicoptero MI-8MTV-1, con matricula FAP Nº 602, cuenta con dos motores TV3-117VM, uno inoperativo por vencimiento de su tiempo horario, y otro por vencerse su tiempo de MORDAZA horario los que deben ser sometidos a una reparacion mayor (overhaul) a realizarse en talleres especializados ubicados en el extranjero, labor que requerira un plazo aproximado de 120 dias calendario incluyendo su exportacion e importacion, lo que impediria que se encuentre en condiciones de brindar el apoyo necesario a la defensa civil en las posibles consecuencias del Fenomeno del MORDAZA, razon por la que reviste caracter urgente la adquisicion de dos motores en calidad de "overhaul"; Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su inciso c), indica que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen por situacion de urgencia, concordante con el articulo 21º que define como "Situacion de Urgencia" a la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultandola para la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 20º de la Ley MORDAZA mencionada establece que estas exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo obligatoriamente un informe tecnico-legal previo, Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion y que en esta Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que, del informe tecnico s/n del 5 de diciembre del 2002, emitido por el Grupo Aereo Nº 3 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial, se establece que para afrontar el Fenomeno del MORDAZA que se preve afectara al territorio nacional en los meses de febrero a MORDAZA del ano 2003, con las consecuencias previsibles para este MORDAZA de fenomenos, se hace necesario el utilizar, entre otras aeronaves, el helicoptero MI-8MTV-1 de matricula FAP Nº 602 para el transporte del personal y material para la de-

fensa civil, asi como para la evacuacion de la poblacion civil de las zonas afectadas por las lluvias, inundaciones, derrumbes, huaycos, etc, y que debido a su uso un motor se encuentra inoperativo y otro por vencer su tiempo de MORDAZA horario y que para su reparacion se requiere de un promedio de 120 dias calendarios aproximadamente, incluyendo el tiempo que demandaria efectuar el MORDAZA de seleccion correspondiente como el requerido para la puesta en operatividad de estos motores siendo por esta consideracion materialmente imposible que esta aeronave se encuentre operativa oportunamente para afrontar el Fenomeno del MORDAZA del 2003; razon por la cual se hace necesario adquirir dos motores modelo TV3-117VM en la condicion de overhaul aplicables al helicoptero MI-8MTV1 por un valor referencial de trescientos cuarenta mil con 00/100 dolares americanos (US$ 340,000.00) en la cadena de gastos 5.3.11.30, con cargo al presupuesto Recursos Directamente Recaudados AF-2002; Que, del informe legal s/n del 5 de diciembre del 2002 se comprueba que la solicitud de exoneracion por "Situacion de Urgencia" se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso c) del articulo 19º e inciso a) del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM concordante con el 2º parrafo del Articulo 108º del Reglamento de la pre-citada MORDAZA aprobada con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisiciones y Contrataciones, del Comando de Operaciones, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aerea del Peru del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional por "Situacion de Urgencia", para la adquisicion de dos (2) motores modelo TV3-117VM en condicion de overhaul, aplicables al helicoptero MI-8MTV-1 de matricula FAP Nº 602 por un valor referencial de trescientos cuarenta mil con 00/100 dolares americanos (US$ 340,000.00), en la cadena de gasto 5.3.11.30 con cargo al presupuesto Recursos Directamente Recaudados AF-2002. Articulo 2º.- Poner la presente Resolucion Ministerial en conocimiento de la Controlaria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendarios siguientes a la fecha de su aprobacion para los fines de control posterior que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 22698

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban la Directiva de Tesoreria para el Ano Fiscal 2003
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 103-2002-EF/77.15 MORDAZA, 18 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de asegurar un adecuado y oportuno cierre de las operaciones de tesoreria y demas acciones relacionadas con la ejecucion financiera del Ano Fiscal 2002 e inicio de las operaciones de tesoreria para el proximo Ano Fiscal 2003, es pertinente establecer las condiciones y fijar los plazos a ser aplicados por las Unidades Ejecutoras. Que, asimismo es necesario establecer las normas y procedimientos que permitan a las Unidades Ejecutoras del Sector Publico, llevar a cabo la ejecucion financiera para el Ano Fiscal 2003, en el MORDAZA de lo dispuesto, en la parte pertinente, por la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; Que, se ha dispuesto la apertura de las subcuentas bancarias de gasto en el Banco de la Nacion que operara