Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2002 (22/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de diciembre de 2002

cado extranjero; y por la correlacion del Banco de Prueba de Motores del Servicio de Mantenimiento de la FAP, por el valor referencial de S/. 517,198.77. Articulo 2º.- Autorizar a la Fuerza Aerea del Peru, a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comando de Material a efectuar los tramites administrativos que le correspondan, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion Ministerial, asi como los Informes Tecnico y Legal en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion para los fines de control posterior que corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 22693 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2048-DE/FAP MORDAZA, 18 de diciembre de 2002 VISTO: El Oficio V-67-COFA-SACFA Nº 0544 del 9 de diciembre del 2002 de la Comandancia General de la Fuerza Aerea del Peru, por el que solicita la exoneracion de un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica, por "Bienes que no admiten sustitutos", por la adquisicion de dos (2) net multiples modelo Men 301 P/N 100613 3 para ser instaladas en reemplazo de las nets ubicadas en las barreras de contencion de las Unidades Aereas que se encuentran indicadas en el respectivo Informe Tecnico. CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su inciso f), indica que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica Internacional, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, "Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos"; Que, el articulo 20º del dispositivo legal MORDAZA mencionado establece que estas exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego requiriendo obligatoriamente un Informe Tecnico-Legal previo debiendo ser publicado en el Diario Oficial El Peruano y puesto en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, y que las contrataciones a que se refiere el articulo anterior se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectuan mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia y que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion y que en esta Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas; Que, mediante el Informe Tecnico Sustentatorio S/N del 25 de noviembre del 2002 emitido por el Jefe del Departamento de Apoyo y Combustible del Servicio de Abastecimiento Tecnico, que forma parte de la presente Resolucion, se justifica la adquisicion de dos (2) net multiples modelo Men 301 P/N 100613 3, para ser instaladas en reemplazo de las nets ubicadas en las barreras de contencion de las Unidades Aereas que se indican por un valor referencial de S/. 244,800.00 (Doscientos cuarenticuatro mil ochocientos y 00/100 nuevos soles), lo cual se encuentra financiado con el Presupuesto de Recursos

Ordinarios AF-2002, en la cadena programatica de gastos 5.3.11.39, adquisicion que permitira brindar la seguridad del caso a las diferentes aeronaves que efectuan actividades aereas en dichas Unidades; Que, del Informe Legal Nº 059-SAAL-2002 del 22 de noviembre del 2002, efectuado por el Asesor Legal del Servicio de Abastecimiento, que forma parte de la presente Resolucion, se comprueba que la solicitud de exoneracion por "Bienes que no admiten Sustitutos" se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso f), articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM concordante con el articulo 20º de dicho Texto Unico Ordenado y con los articulos 105º y 116º del Reglamento de la precitada MORDAZA aprobada con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, siendo el mencionado requerimiento exclusivamente proporcionado por la empresa BEFAB SAFELAND, fabricante de la net multiple modelo Men 301 P/N 100613 3; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisiciones y Contrataciones, el Comandante de Material de la Fuerza Aerea, lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aerea del Peru del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica, por "Bienes que no admiten Sustitutos", por la adquisicion de dos (2) net multiples modelo Men 301 P/N 100613 3 a la fabrica BEFAB SAFELAND para ser instaladas en reemplazo de las nets ubicadas en las barreras de contencion de las Unidades Aereas, por un valor referencial de S/. 244,800.00 (Doscientos cuarenticuatro mil ochocientos y 00/100 nuevos soles), el cual se encuentra financiado con el Presupuesto de Recursos Ordinarios AF-2002, en la cadena programatica de gastos 5.3.11.39. Articulo 2º.- Autorizar a la Fuerza Aerea del Peru, a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comando de Material a efectuar los tramites administrativos que le correspondan, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion Ministerial, asi como los informes Tecnico y Legal en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion para los fines de control posterior que corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 22694 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2049-DE/FAP MORDAZA, 18 de diciembre de 2002 VISTO: El Oficio V-67-COFA-SACFA Nº 0535 del 4 de diciembre del 2002 de la Comandancia General de la Fuerza Aerea del Peru, por el que solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional, por "Bienes y servicios que no admiten sustitutos", para la adquisicion de partes/repuestos, inspeccion y reparacion de accesorios necesarios, para la reparacion del helicoptero Schweizer modelo 269C N/S. S1789, con matricula FAP. 666 del Grupo Aereo Nº 51 de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su inciso f), indica que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, cuando las adquisiciones o contrataciones se realicen cuando los "Bienes o servicios no admiten sustitutos";