Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2002 (22/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de diciembre de 2002

"Bienes que no admiten sustitutos", para realizar la adquisicion del software necesario para actualizar la base de datos del Flight Management Computer Systems (FMCS) de la aeronave Boeing 737-528, matricula FAP Nº 356 del Grupo Aereo Nº 8, por un valor referencial de US$ 36,900.00 (Treintiseis mil novecientos y 00/100 dolares americanos, el cual se encuentra financiado con el Presupuesto de Recursos Ordinarios AF-2002, en la cadena programatica de gastos 5.3.11.39. Articulo 2º.- Autorizar a la Fuerza Aerea del Peru, a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comando de Operaciones a efectuar los tramites administrativos que le correspondan, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion Ministerial, asi como los informes Tecnico y Legal en conocimiento de la Controlaria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion para los fines de control posterior que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 22696 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2051-DE/FAP MORDAZA, 18 de diciembre de 2002 VISTO: El Oficio V-67-COFA-SACFA Nº 0518 del 28 de noviembre del 2002 de la Comandancia General de la Fuerza Aerea del Peru, por el que solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional, por "bienes que no admiten sustitutos", para la adquisicion de bancos, herramientas y manuales necesarios para la implementacion de la Estacion Reparadora de asientos de eyeccion, paracaidas de asientos y equipos de supervivencia MORDAZA Baker del Servicio de Material de Guerra. CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su inciso f), indica que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica Internacional, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el articulo 20º del dispositivo legal MORDAZA mencionado establece que estas exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego requiriendo obligatoriamente un informe tecnico-legal previo debiendo ser publicado en el Diario Oficial El Peruano y puesto en conocimiento de la Controlaria General de la Republica, y que las contrataciones a que se refiere el articulo anterior se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia; Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion y que en esta Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas; Que, mediante el Informe Tecnico Sustentatorio Nº 017 del 25 de noviembre del 2002 emitido por el Jefe del Departamento de Abastecimiento del Servicio de Material de MORDAZA de la FAP, que forma parte de la presente Resolucion, se justifica la adquisicion de bancos, herramientas y manuales por un monto total referencial a S/. 360,000.00 (Trescientos sesenta mil y 00/100 Nuevos

Soles) el cual se encuentra financiado con el Presupuesto de Recursos Ordinarios AF-2002, en la cadena programatica de gastos 6.7.11.51 necesarios para la implementacion de la Estacion Reparadora de Asientos de Eyeccion, paracaidas de asientos y equipos de supervivencia MORDAZA Baker que permitiran optimizar los trabajos de reparacion a fin de mejorar las condiciones de sobrevivencia de los Pilotos de la FAP, y que dicho material solo puede ser proporcionado por la empresa fabricante la Cia. MORDAZA Baker de Inglaterra, por ser el unico fabricante de los sistemas de eyeccion MORDAZA Baker, que dichos bienes no se cuentan en stock y solo se fabrican a pedido y que dicha Empresa cuenta con los estudios tecnicos, la tecnologia, la infraestructura y otorga la garantia de fabrica correspondiente; Que, del Informe Legal Nº 017-2002 del 25 de noviembre del 2002, que forma parte de la presente Resolucion, se comprueba que la solicitud de exoneracion por "bienes que no admiten sustitutos" se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso f), articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM concordante con el articulo 20º de dicho Texto Unico Ordenado y con los articulos 105º y 116º del Reglamento de la precitada MORDAZA aprobada con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisiciones y Contrataciones, el Comandante de Material de la Fuerza Aerea, lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aerea del Peru del MORDAZA de Licitacion Publica Internacional, por "bienes que no admiten sustitutos", para la adquisicion de bancos, herramientas y manuales por un monto total referencial a S/. 360,000.00 (Trescientos sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles) el cual se encuentra financiado con el Presupuesto de Recursos Ordinarios AF-2002, en la cadena programatica de gastos 6.7.11.51 necesarios para la implementacion de la Estacion Reparadora de Asientos de Eyeccion, paracaidas de asientos y equipos de supervivencia MORDAZA Baker del Servicio de Material de Guerra. Articulo 2º.- Autorizar a la Fuerza Aerea del Peru, a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comando de Material a efectuar los tramites administrativos que le correspondan, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion Ministerial, asi como los informes Tecnico y Legal en conocimiento de la Controlaria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion para los fines de control posterior que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 22697 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2057-DE/FAP MORDAZA, 18 de diciembre de 2002 VISTO: El Oficio V-67-COFA-SACFA-Nº 0556 del 17 de diciembre del 2002 de la Fuerza Aerea del Peru, por el que solicita la exoneracion de un MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional por "Situacion de Urgencia", para adquirir dos (2) motores modelo TV3-117VM en la condicion de overhaul, aplicables al helicoptero MI-8MTV-1 de Matricula FAP Nº 602 que brindara el apoyo necesario a la poblacion civil que seria afectada por el Fenomeno del MORDAZA 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM del 4 de septiembre del 2002, se declaro en Estado de