Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2000 (05/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
VERTICE A B C D 09° 09° 09° 09° 13' 13' 13' 13'

MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2000 LATITUD SUR LONGITUD OESTE 15" 15" 30" 30" 78° 78° 78° 78° 31' 32' 31' 32' 51" 50" 50" 46"

Otorgan concesion a universidad para desarrollar la actividad de acuicultura del recurso MORDAZA de abanico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009-2000-PE/DNA MORDAZA, 3 de febrero del 2000 Visto los escritos con Registro Nº CE-00196003, del 21 de octubre de 1999 y 5 de enero del 2000, presentados por la UNIVERSIDAD MORDAZA MORDAZA, mediante los cuales solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura. CONSIDERANDO: Que los Articulos 41º, 42º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, y 111º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establecen que el Ministerio de Pesqueria otorga concesion para permitir el desarrollo de la actividad acuicola en terrenos publicos, en fondos o en aguas marinas y continentales; Que mediante Resolucion Directoral Nº 245-97/DCG del 27 de agosto de 1997, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, considera como extension habil para el desarrollo de la maricultura de moluscos, las areas ubicadas en la MORDAZA de Samanco, distrito de Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante los escritos del visto, la UNIVERSIDAD MORDAZA MORDAZA solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura,mediante el cultivo del recurso "concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de ochenta y uno hectareas y dos mil ochocientos m2 (81.28 Has.), ubicada en la MORDAZA y distrito de Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que de la evaluacion a los documentos presentados, se concluye que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE, asimismo, mediante Oficio Nº 024-2000-PE/DIREMA del 12 de enero del 2000, la Direccion de Medio Ambiente informa que el Estudio de Impacto Ambiental ha sido calificado favorablemente, por lo que procede el otorgamiento de la concesion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura de la Direccion Nacional de Acuicultura segun Nota Nº 024-2000-PE/DNA-Dm y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica, conforme a lo dispuesto en la R.M. Nº 009-2000-PE; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-99PE; y, En uso las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la UNIVERSIDAD MORDAZA MORDAZA, concesion para desarrollar la actividad de acuicultura, mediante el cultivo del recurso "concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de ochenta y uno hectareas y dos mil ochocientos m2 (81.28 Has.), ubicada en la MORDAZA y distrito de Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas:

Articulo 2º.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende, acondicionamiento del medio, obtencion de larva planctonica y semilla, siembra, crianza y cosecha, dentro de las coordenadas que delimitan su concesion. Articulo 3º.- La concesion a que se refiere el articulo precedente se otorga por un plazo de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, debiendo la beneficiaria cumplir con lo siguiente: a) Prever que el desarrollo de sus actividades no afecte o altere el medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico del sistema MORDAZA circundante. b) Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion de area de mar. c) Tramitar ante la Direccion Nacional de Extraccion el permiso de Pesca para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del area de la concesion otorgada. d) Presentar informes semestrales a la Direccion Nacional de Acuicultura, con MORDAZA a la Direccion Regional de Pesqueria de Chimbote, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. e) La transferencia de la propiedad o posesion de las respectivas instalaciones acuicolas debera ser comunicada a la Direccion Nacional de Acuicultura, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 124º del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 09-94-PE. Articulo 4º.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolucion Directoral, seran causales de caducidad o reversion del derecho concedido y estara sujeta a las sanciones que correspondan. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Acuicultura (e) 1394

Otorgan autorizacion a empresas para instalacion de establecimientos industriales pesqueros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 013-2000-PE/DNPP MORDAZA, 3 de febrero del 2000 Visto los escritos con registros Nº 10740 de fecha 20 de agosto de 1997, 203002 de fecha 9 de enero de 1998 y 00096097, de fechas: 23 de febrero, 27 de marzo, 6 y 7 de MORDAZA, 8 de junio, 24 de MORDAZA, 25 de setiembre y 16 de