Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2000 (05/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES
VISTA:

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Que, las Resoluciones de Intendencia Nacional Nºs. 2105/98, 2126/98 y 123/99, emitidas por la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, aprueban diversos procedimientos operativos adecuados al sistema de calidad asignandole a cada uno de estos, su correspondiente codigo de identificacion. Que, por Resolucion de Superintendencia Nº 000724 del 11.6.99 se aprobo el Documento "Listado General de Procedimientos en ADUANAS", el mismo que detalla la totalidad de codigos que identifican los procedimientos operativos asi como las responsabilidades respecto a su elaboracion, revision y aprobacion. Que, por existir diferencias entre la clasificacion detallada en las diversas resoluciones de intendencia y el contenido del listado mencionado en el considerando precedente, se hace necesario llevar a cabo las precisiones respectivas a fin de modificar expresamente las primeras. En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia Nº 001223 del 26.11.99 estando a la delegacion de facultades contenidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 1323 del 16.12.99. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase los siguientes items, del Articulo 1º de la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 002105 publicada el 22.11.98, de acuerdo al detalle descrito a continuacion: . "Transbordo" INTA-PG.11 . "Operacion Reembarque" INTA-PG.12 Articulo 2º.- Sustituyase los siguientes items, del Articulo 1º de la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 002126, publicada el 7.12.98, de acuerdo al detalle descrito a continuacion: . . . . "Vehiculos para Turismo" INTA-PG.16 "Rancho de Nave" INTA-PG.18 "Material de Guerra" INTA-PG.20 "Contenedores" INTA-PG.21.

La Carta Nº 022-GDTA-ESSALUD-2000, mediante la cual la Gerencia Departamental Tacna solicita que se autorice la contratacion del servicio de alimentacion y nutricion; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del Articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, establece que el Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, otorga cobertura a sus asegurados y derechohabientes, a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion, rehabilitacion, prestaciones economicas y prestaciones sociales que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgo humano; Que, para la contratacion del servicio de alimentacion y nutricion se convoco el Concurso Publico Nº 0085ESSALUD-99, el mismo que fue declarado desierto en primera convocatoria al presentarse un solo postor, en el acto publico de MORDAZA de propuestas, de fecha 12 de noviembre de 1999, optandose ante ello por convocar nuevamente a MORDAZA de seleccion; Que, con fecha 4 de enero del ano en curso, se realizo el acto publico de MORDAZA de propuestas del Concurso Publico Nº 0085-ESSALUD-99, MORDAZA convocatoria, el mismo que tambien fue declarado desierto, al haberse presentado un solo postor; Que, el inciso f) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de licitacion o concurso publico, las adquisiciones y contrataciones cuyo MORDAZA de seleccion MORDAZA sido declarado desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el Concurso Publico Nº 0085ESSALUD-99, es procedente autorizar, en via de excepcion, la contratacion del servicio de alimentacion y nutricion a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 20º de la misma norma; Que, de conformidad con lo senalado en el inciso c) del Articulo 20º de la Ley Nº 26850, la exoneracion de licitacion o concurso publico debe ser aprobada, en el caso del Seguro Social de Salud, por resolucion de su MORDAZA autoridad; Que, segun el Articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1.- Autorizar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratacion del servicio de alimentacion y nutricion a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, por un periodo de doce meses, computados desde la suscripcion del contrato. 2.- Disponer que la Secretaria General informe de la presente resolucion al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por la ley. 3.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 1388

Articulo 3º.- Sustituyase los siguientes items, del Articulo 1º de la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 00123, publicada el 26.4.99, de acuerdo al detalle descrito a continuacion: . "Destino Especial de Exposiciones o Ferias Internacionales" INTA-PG.15 . "Destino Especial de Tienda Libre" (Dutty Free) INTA-PG-17 . "Destino Especial de Material para uso Aeronautico" INTA-PG.19. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 1451

ESSALUD
Autorizan contratacion del servicio de alimentacion y nutricion mediante adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 023-PE-ESSALUD-2000 MORDAZA, 24 de enero del 2000