Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2000 (05/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2000

cion Directoral Nº 104-99-PE/DNPP, presentando como prueba instrumental, el informe complementario para levantar las observaciones formuladas al Estudio de Impacto Ambiental (EIA), el cual ha permitido sustentar la calificacion favorable del mencionado Estudio, de acuerdo a lo informado por la Direccion de Medio Ambiente mediante el Oficio Nº 817-99PE/DIREMA de fecha 22 de diciembre de 1999, por lo que deviene fundado el recurso impugnativo interpuesto y procedente la solicitud de autorizacion de instalacion de las citadas plantas de procesamiento pesquero presentada por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a traves de los Informes Nºs. 149-99-PE/DNPP-Dn y 18999-PE/DNPP-Dn del 6 de setiembre y 27 de diciembre de 1999, respectivamente, que sustentan la procedencia tecnica de lo solicitado y que concluyen que la recurrente ha cumplido con los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 16 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810, los Articulos 43º inciso b) numeral 4), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Articulos 55º, 57º y 60º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE y el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 01799-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la empresa COMPLEJO PESQUERO LIDER ACUARIO S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 104-99-PE/DNPP del 10 de agosto de 1999, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Otorgar a la empresa COMPLEJO PESQUERO LIDER ACUARIO S.A., autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar las actividades de enlatado de productos hidrobiologicos, y produccion de harina de pescado residual como parte integrante y de uso exclusivo en el sistema de tratamiento de residuos de pescado y especies desechadas y/o descartadas provenientes de su actividad principal, en su establecimiento industrial a ubicarse en el distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, con las siguientes capacidades proyectadas: Enlatado : 2000 cajas/turno Harina de pescado residual : 8 t/h. Articulo 3º.- La empresa COMPLEJO PESQUERO LIDER ACUARIO S.A. debera instalar y equipar su establecimiento industrial pesquero con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como la relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como cumplir con ejecutar el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 817-99-PE/ DIREMA del 22 de diciembre de 1999. Articulo 4º.- Otorgar el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de expedida la presente Resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa

MORDAZA de la informacion relativa al avance de obras e inversion sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalacion de su establecimiento industrial pesquero. Previo al inicio de su actividad productiva solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operacion. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo establecido en los Articulos 3º y 4º de la presente Resolucion, sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 1392

Autorizan importacion de diversas especies hidrobiologicas MORDAZA procedentes de los EE.UU., con fines de recreacion y/o difusion cultural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 029-2000-PE/DNE MORDAZA, 3 de febrero del 2000 Visto el Expediente Nº CE-00215003 con escritos de fechas 4 y 15 de noviembre y 10 de diciembre de 1999, presentados por ACUARIO REAL S.R.Ltda.; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a los Articulos 43º, 44º y 45º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, se establece que las autorizaciones son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado a las personas naturales y juridicas para el desarrollo de la actividad pesquera; Que el Articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE dispone que la importacion y exportacion de especies hidrobiologicas con fines de investigacion, recreacion o difusion cultural, requeriran autorizacion del Ministerio de Pesqueria, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria; Que mediante los escritos del visto ACUARIO REAL S.R.Ltda. solicita autorizacion, para la importacion de especies hidrobiologicas MORDAZA procedentes de Estados Unidos de MORDAZA con fines de recreacion y/o difusion cultural, cumpliendo con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a ACUARIO REAL S.R.Ltda. la importacion con fines de recreacion y/o difusion cultural de mil doscientos once (1211) ejemplares de las especies hidrobiologicas MORDAZA procedentes de Estados Unidos de MORDAZA que se detallan en el anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion.