Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 1999 (07/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 1999
ANEXO Nº 2

DEUDA SUBORDINADA ASIGNADA AL PATRIMONIO EFECTIVO (EN MORDAZA DE NUEVOS SOLES) EMPRESA: ............................................................................................................... AL: ...........................................................................................................................
CONCEPTOS DEUDA SUBORDINADA COMPUTABLE Deuda subordinada no redimible 1 Deuda subordinada redimible 2 Deuda subordinada convertible en acciones 3 TOTAL DEUDA SUBORDINADA COMPUTABLE (A+B+C) LIMITE DEUDA SUBORDINADA Capital Pagado y Reservas 4 LIMITE DEUDA SUBORDINADA COMPUTABLE (30% de E) MONTO

A B C D E F

G PORCION DE DEUDA SUBORDINADA ASIGNADA AL PATRIMONIO EFECTIVO5 Notas: 1 Consignar el total de la fila A correspondiente a la columna (d) del Anexo N° 1. 2 Consignar el total de la fila B correspondiente a la columna (d) del Anexo N° 1. 3 Consignar el total de la fila C correspondiente a la columna (d) del Anexo N° 1. 4 Consignar el total del capital pagado y reservas determinado, conforme a la normatividad vigente, como componente del patrimonio efectivo. 5 Consignar el monto registrado en la fila D o en la fila F, el que sea menor. ......................................... GERENTE GENERAL ............................................. CONTADOR GENERAL

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Autorizan a MORDAZA municipal de credito popular la apertura de oficina especial en instalaciones del SAT ubicadas en el distrito de Ate
RESOLUCION SBS Nº 0222-99 MORDAZA, 25 de marzo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA para que se le autorice la apertura de una oficina especial ubicada en las instalaciones de la Superintendencia de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (SAT) ubicadas en la Carretera Central km. 7.5 Centro Comercial Vitarte, tiendas C-102 y C-103 - Ate, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "F" mediante Informe Nº ASIF "F"-063-99/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº CM-184-97; y en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA, la apertura de una oficina especial ubicada en las instalaciones de la Superintendencia de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (SAT) ubicadas en la Carretera Central km. 7.5 Centro Comercial Vitarte, tiendas C-102 y C-103, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 4444

CIRCULAR Nº B-2039-99 F-0380-99 CM-0228-99 CR-0098-99 EDPYME-0045-99 --------------------------------------------------------------Ref.: Modificacion de la tasa anual de las primas para los aportes al Fondo de Seguro de Depositos --------------------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 7 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y contando con la opinion previa del Banco Central de Reserva, segun lo senalado en el primer parrafo del Articulo 148º de la referida Ley General, esta Superintendencia establece las siguientes disposiciones: 1. Modificaciones de la tasa anual de las primas para los aportes al Fondo de Seguro de Depositos Modifiquese el numeral II.1 de la Circular Nº B-199797, F-0340-97, CM-0188-97, CR-0061-97 y EDPYME-001497 del 23 de octubre de 1997, en los terminos que se indican a continuacion: "1. Las primas que las empresas MORDAZA trimestralmente al Fondo estan determinadas por la clasificacion asignada a dichas empresas por las clasificadoras privadas de riesgo y por el monto de los depositos cubiertos por el Fondo. A cada categoria de clasificacion de riesgo le corresponde una tasa anual de prima que varia en un rango de cero punto cuarenticinco por ciento (0,45%) a uno punto cuarenticinco por ciento (1,45%). A las subcategorias que se establezcan de conformidad con el Articulo 12º de la Resolucion SBS Nº 672-97 del 29 de setiembre de 1997, se les considerara en la categoria a la que pertenecen y se les aplicara la tasa que corresponda a dicha categoria. La correspondencia entre tasas y categorias de clasificacion de riesgo es la siguiente: Categorias de Riesgo A B C D E Tasa anual de la prima 0,45% 0,60% 0,95% 1,25% 1,45% Tasa trimestral de la prima 0,1125% 0,1500% 0,2375% 0,3125% 0,3625%

Aprueban modificaciones de la tasa anual de las primas para los aportes al Fondo de Seguro de Depositos
CIRCULAR Nº B-2039-99 MORDAZA, 31 de marzo de 1999

2. Vigencia La presente circular entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y es aplicable a los aportes que las empresas miembros del Fondo de Seguro de Depositos realicen a partir del primer trimestre de 1999. Atentamente, MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 4495