Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 1998 (03/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA,

sabado 3 de octubre de 199X

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- Designar como ejecutores para el cumplimiento del presente convenio a la Oficina de Financiamiento, Inversiones y Cooperacion Externa (Peru) y a la Direccion de Cooperacion Internacional (Colombia), con el apoyo tecnico de las areas pertinentes de cada Ministerio. - Designar como coordinadores del Plan de Trabajo al Director de la Region de Salud de MORDAZA y a los jefes o sus delegados de los Servicios Seccionales de Salud de Amazonas y Putumayo. - Colaborar en la determinacion e identificacion de los re'cursos necesarios en los presupuestos propios de las entidades ejecutoras para el desarrollo del Plan de Trabajo. - Identificar mediante las representaciones de los organkmos regionales y subregionales competentes en el Peru y Colombia, la posibilidad de apoyo financiero del Plan Anual de Trabajo a traves del APB (programa anual de actividades) y PTC (programa de trabajo cuatrimestral) respectivos para los anos de vigencia del presente Convenio. Poner a disposicion de las entidades firmantes de este convenio los documentos, informes de avance y evaluaciones emitidos en virtud de la ejecucion del Plan de Trabajo. - Presentar, en el caso que fuere necesario, solicitud de recursos a la Organizacion Panamericana de la Salud/Organizacion Mundial de la Salud para financiar actividades puntuales contra proyectos, por Cooperacion Tknica entre Paises-TCC. ARTICULO OCTAVO SEGUIMIENTO Y EVALUACION - Las entidades ejecutoras del plan de trabajo enviaran semestralmente a las oficinas de cooperacion tecnica internacional de los Ministerios de Salud del Peru y Colombia, un informe de avance de ejecucion del convenio. - Anualmente se realizara una reunion de evaluacion y ajustes al plan de trabajo para el ano siguiente. - Los informes de avance y de evaluacion deberan reportar cambios en cobertura,, en los indicadores de vigilancia epidemiologica y en indicadores de mejoramiento de la prestacion de los servicios. ARTICULO NOVENO AUDITORIA La labor de auditoria sera llevada a cabo por la persona o personas seleccionadas por las entidades firmantes de acuerdo con sus normas, reglamentos y politicas. Los informes de las auditorias seran entregados a las entidades firmantes del presente convenio. ARTICULO DECIMO PERSONAL El personal comisionado por cada uno de los paises para el Cumplimiento del convenio mantendra su relacion laboral con la institucion a la que pertenezca. La ejecucion del presente convenio no generara vinculos contractuales adicionales. ARTICULO DECIMO PRIMERO CONTROVERSIAS Cualquier controversia que pueda surgir de la inter1pretacion, aplicacion y ejecucion del presente convenio, sera resuelta por arreglo directo entre las partes. ARTICULO DECIMO MORDAZA MODIFICACIONES El presente convenio podra modificarse con el consentimiento expreso de las partes. ARTICULO DECIMO TERCERO VIGENCIA Y DURACION El presente convenio entrara en vigencia a partir de la fecha en que las partes se comuniquen por la via diplomatica el cumplimiento de sus requisitos internos que lo pongan en ejecucion, y tendra una duracion de 3 anos. ARTICULO DECIMO MORDAZA PRORROGA El presente convenio se prorrogara automaticamente por un periodo igual, a menos que una de las partes exprese poi escrito lo contrario, con sesenta dias de anticipacion a la fech.a de vencimiento.

- Velar por la prevencion, control y eliminacion de algunas patologias inmunoprevenibles. ARTICULO MORDAZA PROGRAMAS DE COOPERACION TECNICA EN SALUD Los Programas de Cooperacion Tecnica en Salud vigentes para el presente convenio son: - Salud MORDAZA Infantil, con enfasis en Control Prenatal Atencion del Parto, Planificacion Familiar, Programa de Inmunizaciones (Vigilancia Epidemiologica, Mejoramwnto de la Cadena de Frio), EDA, IRA. - Prevencion y Control de patologias prioritarias de la MORDAZA como: enfermedades transmisibles (Colera Tuberculosis), metaxenicas(Malaria, Dengue, Leishmaniasis) de transmision sexual (SIDA), zoonosis (Oncocercosis y Rabia Silvestre) y de accidentes ocasionados por animales ponzonosos. - Vigilancia Epidemiologica (implementacion, reforzamiento de laboratorios referenciales). - Saneamiento Basico. Prevencion y mitigacion de desastres y emergencias. - Diseno y montaje de un sistema binacional integrado de salud preventiva, asistencial, curativo y de rehabilitacion con enfasis en las patologias propias del ambito fronterizo comprendido en el Articulo MORDAZA de este convenio. ARTICULO MORDAZA PLAN DE TRARAJO Los Servicios de Salud del area geografica comprendidos en el Articulo MORDAZA de este convenio, con el apoyo de los Ministerios de Salud del Peru y de Colombia, asi como de organismos regionales y Subregionales competentes, elaboraran conjuntamente el Plan Anual de Trabajo y el cronograma de actividades y presupuesto de acuerdo a las leyes presupuestarias de cada MORDAZA, para operativizar el presente convenio, el cual a su vez, servira como base para la movilizacion de recursos de cooperacion tecnica internacional, en caso que se requiera. El Plan de Trabajo y el cronograma de actividades debera ser formulado dentro de los noventa dias siguientes a la entrada en vigencia del presente convenio, y se evaluara y ajustara anualmente. El Plan de Trabajo debera contener: Objetivos Actividades Cronograma Indicadores de Evaluacion Costo estimado Responsables.

En el presupuesto de costos el Plan de Trabajo debera identificar los aportes de las instituciones de ambos paises comprometidas en el mismo, asi como los aportes de los organismos regionales y subregionales competentes, cuando orresponda. Las actividades que no sea posible sufragar con 10s recursos ya enunciados deberan registrarse como necesidades de cooperacion internacional, para lo cual se necesitara la formulacion de una solicitud especifica para su MORDAZA a terceras MORDAZA de cooperacion internacional por parte de las entidades firmantes de este convenio. ARTICULO MORDAZA MODALIDADES DE COOPERACION La Cooperacion Tecnica en Salud prevista en el presente convenio podra incluir - Intercambio de expertos y especialistas para ejecutar el Plan de Trabajo y el Cronograma de actividades. - Actividades de adiestramiento y capacitacion. - Suministro de materiales y equipos necesarios para la ejecucion del Plan de Trabajo. - Utilizacion de instalaciones y centros que se necesiten para la realizacion de las actividades. - Intercambio de informacion tecnica, cientifica y tecnologica. - Cualquier otra actividad de cooperacion tecnica que sea convenida entre las partes. ARTICULO MORDAZA COMPROMISOS Los Gobiernos de las Republicas del Peru y de Colombia por intermedio de sus Ministerios de Salud adquieren los siguientes compromisos: