Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 1998 (03/10/1998)


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I,im;l, sabado 3 de ocluhrc dc 199X

Que, del aniilisis y evaluacion de la documentacion obrante en autos, se puede apreciar que existen elementos de juicio que harian presumir la comisi6n de falta administrativa de caracter disci linario por parte del servidor MORDAZA MORDAZA bOJAS MORDAZA, a quien se le atribuye haber incurrido en ausencias injustificadas desde el 24 de MORDAZA de 1998 ala fecha, con el agravante de haber hecho abandono de trabajo, habiendo de este modo transgredido las obligaciones que tiene todo servidor publico, previstas en el Articulo 21" incisos al y h), concordante con el Articulo 28" incisos al y k) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Legislativo N" 276; por lo que,, debe instaurarsele el correspondiente MORDAZA administrativo disciplinario; Contando con las visaciones de los Miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con lo dispuesto por el Articulo 1" de la Ley N" 26546, Articulo 5" item 5.3 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa N" Ol&CME-PJ, ampliadas y modificadas por las Leyes Ns. 26623 y 26695; Resolucion Administrativa N" 622- CME-PJ; Articulo 25" incisos b) y c); Articulo 78" incisos b) y d) del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Poder Judicial; aprobado por Resolucion Administrativa N" 085-92OGPIPJ; Articulos 21" incisos a) y h), concordante con el Articulo 28" incisos al y kl de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Legislativo N" 276; Articulos KW, 166",167,168",169", 170". 172"~ 185 del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado por Decreto Supremo N" 005-90-PCM y, con ei Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Judicial 1, asihmado a la Oficina de Recursos Humanos de la Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- REMITIR copias autenticadas de la presente Resolucion, al Supervisor de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Inspectoria Genend, a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y al interesado, para que, dentro del termino de cinco (5) dias utiles, contados desde el dia siguiente de su notificacion personal y /o a traves de la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano, presente su descargo y las pruebas que considere pertinentes para su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo Tercero.- REMITIR los actuados ala Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial ll436 RJZSOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL W 403-9%SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 2 de octubre de 1998 VISTO: El Informe N" 4598-CPPAD/PJ de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y demas documentos, relacionados con el MORDAZA Administrativo Disci linario en contra del servidor MORDAZA MORDAZA CAS&LLO MORDAZA Tecnico Judicial III del Distrito Judicial del MORDAZA, y designado como Secretario General de l:.r denominada Federacion de Trabajadores del Poder Judicial el 26 de febrero de 1996, por un periodo de dos anos: 1996 ii 1998; Y,
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MORDAZA MORDAZA, por Cobros indebidos por el uso del local de la Federacion de Trabajadores del Poder Judicial; en cuya razon el Jefe de Inspectoria General dispuso la Apertura de la investigacion correspondiente signandosele con el N" 02498; Que, de la documentacion obrante en autos se advierte: que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuando asume el cargo de Secretario General de la Federacion de Trabajadores del Poder Judicial, en MORDAZA de 1996 le ofrecio en CONCESION a la quejosa MORDAZA MORDAZA Pomaylle, un espacio en el local de la Federacion, situado en el sotano del Palacio Nacional de Justicia, oficina 164, para el funcionamiento de dos maquinas fotocopiadoras que brinden servicio publico de fotocopiado, MORDAZA "MITA DC "122 de serie 198408 y MORDAZA "CANNON DC" 122, serie 1020, pidiendole como garantia la cantidad de S/.l,OOO.OO nuevos soles mas el porcentaje del 30% de las ganancias que obtuviera cada una de las maquinas en forma mensual; Que, el 9 de MORDAZA de 1996, fue favorecida como concesionaria de un ambiente de la Federacion, contando para ello con un Contrato Verbal en razon que el investigado le manifesto que por su condicion de Secretario General de la Federacion no podia formalizar un Contrato Escrito, debido a que el local habia sido adquirido para uso de actividades gremiales mas no para poder alquilarlo por espacios; que. por necesidades de trabajo acepto, pagando la cantidad de Si. 700.00 nuevos soles por concepto de garantia y el pago del 30% de las ganancias en forma mensual por el total de fotocopias, adjuntando para ello, MORDAZA de las liquidaciones, acreditando el ingreso de dichas maquinas conforme se desprende de la carta de fecha 9 de MORDAZA de 1996, dirigida al Jefe de Seguridad, solicitando las facilidades que la quejosa pudiera ingresar las 2 maquinas fotocopiadoras; Que, al vencimiento del plazo, el 9 de MORDAZA de 1997, < acepto renovar en las mismas condiciones el Contrato Verbal con el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien le ordeno que pagara al dirigente MORDAZA Ubillus MORDAZA la cantidad de $100.00 dolares americanos a cuenta de los Si. l,OOO.OO nuevos soles de garantia, y S/. 450.00 al procesado, quedando un saldo de Si. 300.00 nuevos soles para completar la garantia; que, al no cancelar el total de la garantia que le solicito el investigado, oste le entrego la concesion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLave; Que, en la declaracion vertida por la quejosa ante el Jefe de Inspectoria General, se ratifica en todos sus extremos de la queja interpuesta contra el servidor MORDAZA MORDAZA Milla; Que, habiendosele cursado los Oficios NS. 415-98- OIG/ PJ de 2-7-98, y 481.98-OIG/PJ de 15-7-98, al investigado, para que absuelva los cargos atribuidos en su contra, ha hecho caso omiso a tal llamado, lo que haria presumir su responsabilidad en los cargos que le atribuye la denunciante; Que, del analisis y evaluacion de la documentacion obrante en autos, se puede apreciar que existen elementos de juicio que harian presumir la comision de falta administrativa de caracter disciplinario por parte del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLA. al haber transgredido los deberes previstos en los incisos a) y c) del Articulo 3" del Decreto Legislativo N" 276; y faltas establecidas en los incisos a) y fJ del Articulo 28" de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; por lo que, debe instaurarsele el correspondiente MORDAZA administrativo disciplinario; Contando con las visaciones de los Miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con lo dispuesto por el Articulo 1" de la Ley N" 26546, Articulo 5" - Item 5.3 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa N" 018.CME-PJ, ampliadas y modificadas por las Leyes Ns. 26623 y 26695; Resolucion Administrativa N" 622. CME-PJ; Articulo 3" incisos b) y CJ; Articulo 28" incisos a) y 0 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Legislativo N" 276; Articulos 150". 166, 167, 168", 169, 170" y 172" del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado por Decreto Supremo N" OO590-PCM y, con el Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Judicial III, del Distrito Judicial del MORDAZA, quien se desempena actualmente como Secretario General de la denominada Federacion NaCONSIDERANDO: cional de Trabajadores del Poder Judicial; por los fundamenQue, mediante la queja interpuesta por MORDAZA MORDAZA Ratos expuestos en la parte considerativa de la presente resomos Pomaylle, en contra del servidor MORDAZA MORDAZA lucion.