Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 1998 (03/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA,

sabado 3 dc octubre dc 1WX

c{w Pag. 164659
ORDENANZA Articulo lo.- Establezcase en la MORDAZA de influencia de las paraditas denominadas Mercados N" 2 y W 3 de Chorrillos, 21 MORDAZA de formalizacion progresiva para los comerciantes ambulantes que habiendo desocupado la via publica instalaron sus negocios en predios de dominio privado de dicho sector. El MORDAZA de formalizacion se llevara a cabo con arreglo al procedimiento establecido en la presento ordenanza. Articulo 2".- Para acogerse al MORDAZA de formalizacion progresiva los interesados deberan cumplir los requisitos minimos de seguridad y salubridad publicas que a continuacion se indican: a) Area minima del local: 150 m2 b) Area minima del puesto o stand: 4 m2 c) Ambientes minimos obligatorios: - Oficina administrativa Depositos de limpieza - Servicios higienicos para hombres y mujeres Colectores de basura - Botiauin de orimeros auxilios - Extintores - La construccion debera ser de material no inflamable. d) Los puestos deben tener salidas a pasillos y corredores principales que conduzcan directamente ala salida de la via publica, cuya altura minima sera de 3 m. e) El ancho minimo de los corredores principales no podra ser menor a 3.00 m. y los pasillos secundarios a 2.00 m. D Los puestos deberan estar claramente demarcados y las mercaderias o bienes del puesto no podran invadir los pasillos o corredores. g) Todos los puestos deberan estar numerados y clasificados por giros. h) No permitir comerciantes ambulantes en el frontis de su local. i) No arrojar desperdicios a la via publica y mantener limpio el frontis de su local. j> La atencion al publico como MORDAZA sera hasta las 19.00 horas. Articulo 39- Los comerciantes ambulantes agrupados en MORDAZA feriales informales de dominio privado ubicados en la cuadra 1 de la MORDAZA Uruguay, cuadras 1,2,3,4 y 5 de la MORDAZA MORDAZA Richardson, cuadras 3,4 y 5 de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA y cuadra 4 de la MORDAZA MORDAZA Alcorta, podran obtener Licencia Provisional de Funcionamiento por el plazo de un ano: siempre que cumplan con presentar y/o acreditar los requisitos siguientes: 1: MORDAZA del instrumento publico de asociacion, cooperativa o sociedad constituido por los informales. 2.- MORDAZA del titulo de propiedad o contrato de arrendamiento del inmueble donde realizaran su actividad. 3.- MORDAZA del padron de asociados o socios con indicacion de la actividad y los puestos donde realizan su actividad. 4.- Inspeccion ocular que debera realizar el Departamento de Obras en el local respecto al cumplimiento de las normas minimas de seguridad y salubridad publica indicados en el Articulo 2". 5.- Compromiso del representante legal de la asociacion, cooperativa o sociedad que MORDAZA cabal cumplimiento a las normas contenidas en la presente ordenanza y demas dispositivos complementarios y reglamentarios. Articulo 4".- Los comerciantes informales que cumplan con . -.. los requisitos MORDAZA establendos seran reconocidos ormalmente por la Municipalidad de Chorrillos a traves de una Resolucion de Alcaldia, a merito de la cual se les otorgara la Licencia Provisional de Funcionamiento por el plazo de un ano. Articulo 5".- Los comerciantes informales que ala publicacion de la presente ordenanza no puedan cumplir con todos los requisitos para obtener la Licencia Municipal de Funcionamiento podran solicitar un permiso provisional por 3 meses,, bajo el compromiso que en ese plazo cumpliran dichos requisitos, a cuyo vencimiento si no lo hubiesen hecho deberan cerrar su local bajo sancion de clausura. Articulo o'.- Los comerciantes informales que a titulo individual se encuentren actualmente funcionando en predios de dominio privado dentro del sector materia de la presente ordenanza sin Licencia Municipal de Funcio-miento podran obtener en igual forma la Licencia Provisional por el plazo de un ano, debiendo para tal efecto cumplir los requisitos establecidos en el MORDAZA 1998 de la Municipalidad, asi como las normas de seguridad y salubridad publicas, para lo cual deberan suscribir el compromiso correspondiente.

Articulo Octavo.- Inscribase en forma definitiva a favor de la Municipalidad Distrital de -4te las areas de aportes correspondientes al Uso de Vivienda para Recreacion Publica de 20,426.18 m2, Serpar de 2868.30 m2 y otros fines de 4,212.23; y sobre el area de Industria I-2 para Serpar de 782.85 m2, conforme aparece en el Plano materia de aprobacion por esta resolucion. Articulo Noveno.- Inscribase en forma definitiva a favor del Ministerio de Educacion las areas de aporte para Educacion de 4,888.52 sobre el area destinada a Vivienda, y de L565.71 m2, del de Industria 1-2. Articulo Decimo.- Dispongase que la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, estara a cargo de la parte interesada. Articulo Decimo Primero.- Transcribase la presente resolucion a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion y ala Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su conocimiento y Gnes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOLDAN MORDAZA 11175

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Establecen regimen provisional deformalizacion progresiva para comerciantes ambulantes que desocuparon vias publicas
ORDENANZA N" 23-98-MDCH Chorrillos, 28 de agosto de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chorrillos en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que,,por Decreto de Alcaldia N" 002-97-MDCH se declaro MORDAZA rigida para el comercio ambulatorio la MORDAZA de influencia de las paraditas denominadas Mercados N" 2 y N" 3 de Chorrillos, conformada por las calles MORDAZA Richardson, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Alcorta, disponiendose asimismo la erradicacion de toda actividad comercial ambulatoria en dicho sector; Que, en estricto acatamiento de la referida disposicion, numerosos comerciantes informales dejaron dichas vias publicas y con su propio esfuerzo se reubicaron en depositos e inmuebles privados formando MORDAZA feriales y/o establecimientos individuales; Que,, dada la zonificacion existente y caracteristrcas de la MORDAZA de Influencia de las paraditas, aunada a la prol:feracion de ambulantes que nuevamente esta generandose en dicho sector. es necesario establecer un regimen provisional de ^ .< 1 tormalizacion progresiva para Jos comerciantes que aejaron las vias publicas y se han instalado en predios de dominio privado, en aplicacion de la normatividad expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, dentro del MORDAZA MORDAZA expuesto, corresponde al Municipio otorgar seguridad juridica a dichos comerciantes informales expidiendo licencias de funcionamiento provisionales para que progresivamente consoliden su MORDAZA de formalizacion y cumplimiento de las normas que rehmlan las actividades comerciales y de servicios, estableciendo al mismo tiempo facilidades y beneficios para que los comerciantes se acojan a lo dispuesto en la presente ordenanza: En aplicacion de las normas del Decreto de Alcaldia N" , 033 y la Ordenanza N" 173 de la Municipalidad Merropolita- I na de MORDAZA, las que se adecuan a la realidad del distrito de Chorrillos y estando a las atribuciones conferidas por el Art. 36" de la Ley Organica de Municipalidades N" 2:(853, por UNANIMIDAD se acordo expedir la siguiente: