Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 1998 (03/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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racion Popular - COOPOP, al haberse acreditado de acuerdo alas conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe N" 07-97-OAI-JXOOPOP del Organo de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular, el irregular manejo de los sistemas de administracion, los recursos financieros y la custodia de maquinarias de la institucion, incurriendo en la comision de presuntas faltas administrativas en el ejercicio de sus funciones, previstas en el Articulo 28" del Decreto Legislativo N" 276; Que de la investigacion admmistrativa realizada, ha quedado acreditado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Unidad Ejecutora COOPOP - MORDAZA, no remitio a la Sede Central de la entidad la informacion y declaracion sobre los ingresos propios recaudados infringiendo en reiteradas oportunidades la Directiva N" 002-94-JiCOOPOP, asi como no cumplio con cancelar al Proyecto Especial Chinecas el monto acordado por el alquiler de una motoniveladora KOMATSU, ni cautelo el cumplimiento del convenio de fecha 15 de octubre de 1994 contraido con la empresa COSAPI S.A. para el alquiler de una motoniveladora de propiedad de la referida Unidad Ejecutora; Que asimismo ha quedado acreditado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la mencionada Unidad incurrio en la conusmn de faltas, al girar cheques para el supuesto pago de servicios que ya habian sido cancelados en efectivo, aceptando como constancias de pago recibos simples sin numeracion , a la vez que usurpo las funciones del Director de la Unidad Ejecutora al continuar realizando gestion administrativa luego de su cese, evidenciandose que cancelo servicios en base a contratos y convenios ficticios, permitiendo el desmantelamiento de un tractor KOMATSU que estaba bajo su custodia, y que personal de la institucion cobrara cheques girados a nombre de proveedores, utilizando recibos de honorarios en MORDAZA para sustentar regularizaciones de pagos efectuados anteriormente; Estando a lo recomendado en el documento de .listos por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, resulta procedente sancionar a los ex funcionarios mencionados al haberse acreditado la comision de las faltas de caracter disciplinario establecidas en los incisos al, d), f> y h) del Articulo 28" de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo N" 276, configurandose responsabilidad administrativa de los ex funcionarios comprendidos, al haber incumplido lo dispuesto en los incisos al, b) y d, del Articulo 21" de la acotada norma; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 866 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo N" 893 y el Decreto Legislativo N" 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Fkmuneraciones del Sector Publico y, su reglamento aprobado por Decreto Supremo 1L"' 005.90.PCM; SE RESUELVE: Articulo lo.- Imponer la sancion disciplinaria de DESTITUCION a los senores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directores de la Unidad Ejecutora COOPOP MORDAZA, de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Remitir MORDAZA de la presente resolucion, ala Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP y a los interesados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11430 RESOLUCION MINISTERIAL W 280-9%PROMULlEH MORDAZA, 3 de octubre de 1998 VISTOS, el Pronunciamiento N" 01598-PROMUDEW CEPAF, de fecha 25 de setiembre de 1998, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial N" 193.98-PROMUDEH, de fecha 17 de agosto de 1998, se instaur6 MORDAZA Administrativo Disciplinario a los senores, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, sabado 3 de octubre de 1998

MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex funcionarios de la Unidad Ejecutora Coopop - Tumbes, al haberse acreditado de las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe N" 09-97-OAI-PE/COOPOP, "Examen Especial a la Unidad Ejecutora Coopop - Tumbes", del Organo de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular, la comision de presuntas faltas administrativas en el irregular manejo de los sistemas de administracion y recursos financieros asi como en la ejecucion de obras de la referida Unidad Ejecutora; Que de la investigacion administrativa realizada, ha quedado acreditado que el ex Director de la Unidad Ejecutora Coopop - Tumbes, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en inconducta funcional al haber dispuesto se efectuen los pagos por adelantado a los proveedores C&J Representaciones "Juanita" y a MORDAZA D. MORDAZA MORDAZA Constructores Contratistas hasta por la suma de s/. 31,770.00, sin que hayan concluido los trabajos por losqueselescontrato,yalaCia. ConatructorNortporlacantidad de Sf. 2,470.OO por el alquiler de un tractor oruga que nunca llego ala obra, transgrediendo en ambos supuestos normas tecnicas y administrativas; por permitir la salida de 290 bolsas de cemento que no ingresaron al almacen de la entidad, sin que MORDAZA efectuado las acciones correspondientes para su recuperacion; por no reportar a la Sede Central de Coopop, la captacion de ingresos propios obtenidos por el alquiler o cesion de uso de maquinaria; por la falta de implementacion de un sistema de contabilidad adecuado que ha originado que las compras y prestaciones de servicios no esten debidamente sustentados y por las deficiencias de control interno en los desembolsos destinados a la referida obra vial, Que asimismo resultaria responsable el ex Jefe de la Oficina Tecnica, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no disponer la apertura de un Cuaderno de Obras en la ejecucion de la obra "Mejoramiento de la Carretera Matapalo - El Tuturno", lo que ., impldlo llevar un adecuado control de los desembolsos efectuados, incumpliendo lo dispuesto en los procedimientos establecidos y por contratar los servicios de un proveedor que no cumplia con los requisitos de ley, inobservando las disposiciones del Reglamento Unico de Ad uisiciones, RIJA; Estando a lo recomeniado en el documento de vistos por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, resulta procedente sancionar a los ex funcionarios mencionados al haberse acreditado la comision de las faltas de caracter disciplinario establecidas en los incisos a), d) y 0 del Articulo 28" del Decreto Legislativo N" 276, conligurandose responsabilidad administrativa de los ex funcionarios comprendidos, al haber incumplido lo dispuesto en los incisos al, b) 9 d) del Artkulo 21" de la acotada notia; De conformidad con lo disnuesto en el Decreto Legislativo W 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Miniiterio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo N" 893; Decreto Legislativo N" 276 Lev de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones, y su reglamento, aprobado por Decrkto Supremo N 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo lo.- Imponer la sancion disciplinaria de DESTITUCION a los senores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex funcionarios de la Unidad Ejecutora Coopop - Tumbes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Remitir MORDAZA de la presente resolucion, ala Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP y a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publfquese. MORDAZA SCHENONE ORDINOIA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11431

PESQUERIA
Amplian plazo establecido en articulo de la R.M. N" 459-9&PE, sobre actividades de extraccion y procesamiento de recursos pelagicos
RESOLUCION MINISTERIAL No 493-9%PE MORDAZA, 2 de octubre de 1998