Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 1998 (03/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Alzola MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 3 al 3 de octubre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos : US$ - Pasaje : US$ - T a r i f a Corpac : US$ 1540.00 925.00 25.00

MORDAZA, sibado 3 dc oc1uhrc dc IWX

Presidente de la Republica de (Colombia, doctor MORDAZA Gaviria Trujillo; CONSIDERANDO el interes de los Gobiernos de las Republicas del Peru y Colombia en fortalecer sus relaciones fronterizas en materia de salud en el MORDAZA de la descentralizacion administrativa y expresado en vanos convetrios y acuerdos bilaterales. - DESEOSOS de fortalecer los lazos de amistad y de cooperacion, convencidos de los multiples beneficios que se derivan de una mutua colaboracion tecnica, cientifica y tecnologica en el sector salutl y su importancia para el fortalecimiento de las acciones destinadas al desarrollo economico y social de MORDAZA naciones. EN APLICACION de la estrategia de Salud para Todos en el ano 2000 y lo previsto en ei Articulo Primero del Convenio MORDAZA Unanue que establece el objetivo de mejorar la salud en los paises del area andina. TENIENDO en cuenta que el Convenio MORDAZA Unanue y la OPSIOMS firmaron un acuerdo el 28 de noviembre de 1974, en el cual se establece que el Convenio, por intermedio de sus organos permanentes, podra solicitar a la OPSIOMS que presente iniciativas y programas de interes subregional a consideracion de los respectivos cuerpos directivos de las dos instituciones y por el cual 1:r OPSOMS XP compromete a prestar su cooperacion y apoyo tecnico demro de
Articulo 3".- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBCLU Presidente del Consejo de Ministros

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RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Convenio de Cooperacion Tecnica para el Desarrollo de Actividades Cientifico-Tecnicas, Asistenciales y de Promocion de la Salud en la MORDAZA Fronteriza Peruano-Colombiana
DECRETO SUPREMO N" 025-98RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERmDO: Que el "Convenio de Cooperacion Tecnica entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia para el Desarrollo de Actividades Cientifico-Tecnicas, Asist.enciales y de Promocion de la Salud en la MORDAZA Fronteriza Peruano-Colombiana", se suscribio en la MORDAZA de Lima. el 12 de MORDAZA de 1994. Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articu.os 57" y llS", inciso ll) de la Constitucion Politica del Peri:, y en el Articulo 2" de la Ley N" 26647. que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito previo de la aprobacion por el Congreso; DECRETA:

ARTICULO PRIMERO OBJKTO
El objeto del presente Convenio es desarrollar los mecanismos de Cooperacion Tecnica entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de Colombia para la busqueda conjunta de soluciones apropiadas para ios problemas comunes en
ARTICULO MORDAZA UBICACION GEOGRAFICA
El presente convenio tiene como area geografica de ejecucion los departamentos 4 provincias frontrrizo~ entre los dos paises.

Articulo 1".- Ratificase el "Convenio de Cooperacion Tecnica entre la Republica del Peru y la Republica d e Colombia para el Desarrollo de Actividades Cientitico-Tecnicas, Asistenciales y de Promocion de la Salud en la MORDAZA Fronteriza Peruano-Colombiana', suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 12 de MORDAZA de 1994. Articulo 2".- Dese cuenta al Congreso de la Republica.
Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA, a los treinta dias del mes de setiembre de mil novecientos novena y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores

1 ARTICULO TFRCERO OBJETIVOS
Los objetivos del presente convenio dr ( `ooperacion Tecnica en salud son: - Contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de las poblaciones del ambito fronterizo comprendido en el Articulo Kegundo de este convenio. dando prioridad u lo< grupos menos favorecidos con enfasis en las ireas nirnle.~. urhn+marginales y resguardos indigenas. Optimizar en forma conjunt ;1 Y conccrt:~dn el uso rwional d e l o s r e c u r s o s cconomic~x tknicos .y hurwinos que permitan brindar atencion cor servicios cl<, salud opw~ unos y continuos. Disenar y mantener un sktema de vigilancia cpidemiologica agil de las principales patologias de la xma fronteriza. Promover el mantenimiento de un adecuarlo nivel de salud en la poblacion fronterisa.

CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA REPUBLICA DE COLOMBIA PARA EL DESARROLLO DE ACTMDADES CIENTIFICO-TECNICAS, ASISTEN(`IALES Y DE PROMOCION DE LA SALUD EN LA MORDAZA FRONTERIZA PERUANO-COLOMBIANA
Los Gobiernos de las Republicns del Peru y Colombia. con motivo de la visita uficial al Peru del Excelentisimo senor