Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2020 (24/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de octubre de 2020 /

El Peruano

Que, mediante Memorando N° 000620-2020-BNPGG-OPP de fecha 21 de octubre de 2020, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hizo suyo, el Informe Técnico N° 000032-2020-BNP-OPP-EPIP-JQV de la misma fecha, de su Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto, a través del cual, se adjunta la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000001205 por el monto de S/ 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho y 50/100 soles) y la previsión presupuestal correspondiente; Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC prescribe que: "La Jefatura de la BNP es el órgano de mayor autoridad y es ejercida por un/a Jefe/a Institucional quién ejerce la titularidad de la entidad y del pliego presupuestal. Es responsable de dirigir y representar a la entidad."; Que, mediante Informe Legal N° 000304-2020-BNPGG-OAJ de fecha 23 de octubre de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el marco de sus competencias, a fin de que se emita el acto resolutivo; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la primera transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho y 50/100 soles), que corresponde al 50% del monto total destinado a la contratación de la sociedad de auditoría para ejecutar la auditoría financiera gubernamental de la Biblioteca Nacional del Perú, lo que incluye el impuesto general a las ventas. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada en la presente Resolución se realiza conforme al siguiente detalle: Pliego: 113 Biblioteca Nacional del Perú Fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios Categoría Presupuestaria: 9001 Acciones Centrales Producto: 3999999 Sin Producto Actividad: 5000003 Gestión Administrativa Meta: 0004 Categoría de gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias Específica del gasto: 2.4.1.3.1.1 A otras unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- PRECISAR que los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- DISPONER que la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia, es responsable del seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia financiera; por consiguiente, efectuará las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo 5.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www. bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EZIO NEYRA MAGAGNA Jefe Institucional 1896765-1

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 356-2020-INPE/P Lima, 23 de octubre de 2020 Vistos, el Oficio N° 000469-2020-CG/GAD de fecha 12 de octubre de 2020, del Gerente de Administración de la Contraloría General de la República; el Oficio N° 681-2020-INPE/OGA de fecha 19 de octubre de 2020, de la Oficina General de Administración; el Informe N° 1062020-INPE/UPTO de fecha 20 de octubre de 2020, de la Unidad de Presupuesto; el Oficio N° 495-2020-INPE/ OPPTO de fecha 21 de octubre de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional Penitenciario es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional administrativa, económica y financiera en el ejercicio de sus atribuciones, constituye un pliego presupuestal. Es el ente rector del Sistema Penitenciario Nacional; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019 ­ Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprobó el Presupuesto Anual de Gasto; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 333-2019-INPE/P de fecha 20 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondientes al Año Fiscal 2020 del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario; Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, el tercer párrafo del artículo 20 de la citada Ley dispone que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividades Empresarial del Estado, universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras