Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2020 (24/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 24 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la Obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 0152019 MTC/01 y sus modificatorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, y el Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol (Trujillo ­ Chiclayo - Piura ­ Sullana)" y el valor de la Tasación correspondiente, ascendente a S/ 24 076,69 (VEINTICUATRO MIL SETENTA Y SEIS CON 69/100 SOLES), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información

señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP, inscriba a favor del beneficiario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO ­ CHICLAYO ­ PIURA ­ SULLANA)" Nº SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: PAS-TC02-CAR-004 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 2,188.79 m2 AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMEBLE VALOR DE LA TASACIÒN (S/)

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE AFECTADA: WGS 84 Distancia Por el Norte: Colinda con Propiedad de Ibáñez Salvador Vértices Lado (m) Este(X) Norte(Y) Noemí Liliana en un tramo: Tramo A-B en línea recta de 118.50 m. A A-B 118.50 699583.9829 9136631.8442 Por el Este: Colinda con Propiedad de Terceros en un tramo: Tramo B-C en línea recta de 19.05 m. B B-C 19.05 699682.3572 9136565.7760 Por el Sur: Colinda con la Panamericana Norte en un MINISTERIO DE C C-D 114.92 699674.1680 9136548.5807 tramo: Tramo C-D en línea recta de 114.92 m. TRANSPORTES Y NOEMI LILIANA Por el Oeste: Colinda con el Canal Yalpa en un tramo: 1 COMUNICACION D D-A 19.73 699578.8626 9136612.7876 Tramo D-A en línea recta de 19.73 m. IBAÑEZ ES-PROVIAS SALVADOR NACIONAL PARTIDA REGISTRAL: Nº 11154155, perteneciente a la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral Nº V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 06.09.2018, por la Oficina Registral de Trujillo Zona Registral Nº V - Sede Trujillo. COPIA DE PARTIDA REGISTRAL: Emitido con fecha 14.09.2020, por la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral Nº V - Sede Trujillo.

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