Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2020 (24/10/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 23
El Peruano / Sábado 24 de octubre de 2020
NORMAS LEGALES
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viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la Obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 0152019 MTC/01 y sus modificatorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, y el Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol (Trujillo Chiclayo - Piura Sullana)" y el valor de la Tasación correspondiente, ascendente a S/ 24 076,69 (VEINTICUATRO MIL SETENTA Y SEIS CON 69/100 SOLES), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información
señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP, inscriba a favor del beneficiario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO CHICLAYO PIURA SULLANA)" Nº SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: PAS-TC02-CAR-004 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 2,188.79 m2 AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMEBLE VALOR DE LA TASACIÒN (S/)
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE AFECTADA: WGS 84 Distancia Por el Norte: Colinda con Propiedad de Ibáñez Salvador Vértices Lado (m) Este(X) Norte(Y) Noemí Liliana en un tramo: Tramo A-B en línea recta de 118.50 m. A A-B 118.50 699583.9829 9136631.8442 Por el Este: Colinda con Propiedad de Terceros en un tramo: Tramo B-C en línea recta de 19.05 m. B B-C 19.05 699682.3572 9136565.7760 Por el Sur: Colinda con la Panamericana Norte en un MINISTERIO DE C C-D 114.92 699674.1680 9136548.5807 tramo: Tramo C-D en línea recta de 114.92 m. TRANSPORTES Y NOEMI LILIANA Por el Oeste: Colinda con el Canal Yalpa en un tramo: 1 COMUNICACION D D-A 19.73 699578.8626 9136612.7876 Tramo D-A en línea recta de 19.73 m. IBAÑEZ ES-PROVIAS SALVADOR NACIONAL PARTIDA REGISTRAL: Nº 11154155, perteneciente a la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral Nº V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 06.09.2018, por la Oficina Registral de Trujillo Zona Registral Nº V - Sede Trujillo. COPIA DE PARTIDA REGISTRAL: Emitido con fecha 14.09.2020, por la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral Nº V - Sede Trujillo.
24 076,69
1896799-1