Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2020 (24/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 24 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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para la expropiación del predio afectado, contenida en el Informe Nº 608-2020-MTC/20.4; Que, con Informe Nº 1963-2020-MTC/20.3, la Oficina de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL concluye que, de conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley y en mérito a lo opinado por la Subdirección de Derecho de Vía de la Dirección de Infraestructura, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la Obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01 y sus modificatorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente; y, el Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Pallasca ­ Mollepata ­ Mollebamba ­ Santiago de Chuco ­ Emp. Ruta 10, Tramo: Mollepata ­ Pallasca" y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 111 003,78 (CIENTO ONCE MIL TRES CON 78/100 SOLES), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral

3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PALLASCA MOLLEPATA - MOLLEBAMBA - SANTIAGO DE CHUCO - EMP. RUTA 10, TRAMO MOLLEPATA - PALLASCA" Nº SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CODIGO: MP-T1-PAL-001 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 55.24 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble WGS84 ESTE (X) 169845.2870 169832.8359 169829.5348 169833.7360 169839.5620 169843.1800 NORTE (Y) 9086384.3632 9086375.1399 9086376.6326 9086380.7621 9086384.3831 9086385.7692 111,003.78 VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA VERTICES LADO DISTANCIA AFECTADA: (m) · Por el Frente: Colinda con Jr. Buenos Aires con una longitud de 15.50 m. · Por la Derecha: Colinda con Jr. Manuel Álvarez Gonzales con una longitud de 3.62 m. · Por la Izquierda: Paredes Daga Eugenia Virginia / Rafaile MINISTERIO DE VILLAVICENCIO Campos Agustín con una longitud de 2.53 m. TRANSPORTES Y · Por el Fondo: Colinda con Villavicencio Torres, Carlos TORRES, 1 COMUNICACIONES Miguel con una longitud de 16.62 m. CARLOS - PROVIAS MIGUEL NACIONAL PARTIDA REGISTRAL: Nº P09090433 perteneciente a la Oficina Registral de Chimbote de la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 14.11.2018 (Informe Técnico Nº 6367-2018-Z.R. Nº VII/OC - OR - CHIMB) por la Oficina Registral de Huaraz, Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 28.05.2019, por la Oficina Registral de Chimbote, Zona Registral Nº VII ­ Sede Huaraz. 1 2 3 4 5 6 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-1 15.5 3.62 5.89 6.86 3.87 2.53

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE

1896798-1