Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2020 (10/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Lunes 10 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Patricia Elizabeth Checa Vera Pasajes aéreos Viáticos US$ 1 515,32 US$ 3 240,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante la titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional 1853847-1

Artículo 1°.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, de los trabajadores que se indican a continuación: Fedatarios Administrativos Titulares - DORA LUISA ARIAS CAJAN - MARGARITA MAXIMA GUERRERO MAGUIÑA - JOSE LUIS LUZQUIÑOS BUTRON - GUSTAVO MOISES MEJIA VELASQUEZ - MIRYAM AUSTREGILDA VARGAS APOLINARIO - ALFREDO GINO LOPEZ MARTINEZ Artículo 2°.Designar como Fedatarias Administrativas Titulares de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, a las siguientes trabajadoras: Fedatarias Administrativas Titulares - GLADYS MIRIAM LAZO TRUJILLO - MARIA GERTRUDIZ LOPEZ DAVILA Regístrese, comuníquese y publíquese. FANNY YSABEL VIDAL VIDAL Superintendenta Nacional Adjunta de Administración y Finanzas 1853848-1

Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 017- 2020-SUNAT/800000 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIONES Y DESIGNA FEDATARIOS ADMINISTRATIVOS TITULARES DE LA INTENDENCIA NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS Lima, 7 de febrero de 2020 CONSIDERANDO: Que el numeral 1 del artículo 138° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece el régimen de fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, entre otros, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas Nº 066-2015-SUNAT/800000 y N° 056-2017-SUNAT/800000, se designaron a diversos trabajadores como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; Que en mérito de los fundamentos expuestos en el Informe Nº 02-2020-SUNAT/8A1400 de fecha 20 de enero de 2020, emitido por la División de Incorporación y Administración de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, se estima conveniente dejar sin efecto algunas de las designaciones a las que se hace referencia en el considerando precedente y designar a los trabajadores que ejercerán la función de Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del articulo 18 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014-SUNAT y modificatorias;

Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativas Titulares de la Intendencia de Aduana de Paita
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 018-2020-SUNAT/800000 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIONES Y DESIGNA FEDATARIOS ADMINISTRATIVOS TITULARES DE LA INTENDENCIA DE ADUANA DE PAITA Lima, 7 de febrero de 2020 CONSIDERANDO: Que el numeral 1 del artículo 138° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, entre otros, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 015-2014/SUNAT y Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 019-2016-SUNAT/800000 se designó a las trabajadoras Wendy Eliana Vílchez Núñez y Shirley Elizabeth Godos Socola como Fedatarias Administrativas Titulares de la Intendencia de Aduana de Paita, respectivamente; Que en mérito a los fundamentos expuestos en el Informe N° 001-2020-SUNAT/3K0000 emitido por la Intendencia de Aduana de Paita, se estima necesario dejar sin efecto algunas de las designaciones a las que hace referencia en el considerando precedente, y designar a los trabajadores que ejercerán la función de