Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2020 (10/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Lunes 10 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

000020-2020-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 05 de febrero de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modificado por Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, por Resolución Jefatural Nº 012-2019- PERÚ COMPRAS, se aprobó el Cuadro de Equivalencias de los órganos de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS con la nueva estructura orgánica aprobada por el ROF, en el que la Dirección de Subasta Inversa, ahora se denomina Dirección de Estandarización y Sistematización; Que, el numeral 110.2 del artículo 110, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatoria, en adelante "el Reglamento", referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes ­ LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso", aprobada por Resolución Jefatural N° 0422016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante "la Directiva", señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación de la Entidad, y la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.5 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que, para los efectos de la generación y aprobación de una Ficha Técnica, PERÚ COMPRAS, a través de la Dirección de Estandarización y Sistematización, podrá solicitar información u opinión técnica a entidades del Estado, las mismas que deberán responder a lo solicitado de manera idónea, bajo responsabilidad; asimismo, indica que PERÚ COMPRAS comprobará la existencia de organismos evaluadores de la conformidad que permitan verificar la calidad del bien o servicio; Que, los numerales 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señalan que, la Dirección de Estandarización y Sistematización, pre publicará en el Portal Institucional de PERÚ COMPRAS, los proyectos de Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables, por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles; sin perjuicio de lo señalado, los citados

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Directora de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información de la BNP
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 026-2020-BNP Lima, 7 de febrero de 2020 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el cargo de confianza de Director/a de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información de la Biblioteca Nacional del Perú se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la señora Fabiola Isabel Vergara Rodríguez de Rodríguez en el cargo de confianza de Directora de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www. bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EZIO NEYRA MAGAGNA Jefe Institucional 1853834-1

CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS
Aprueban veinte (20) Fichas Técnicas del rubro Equipos, accesorios y suministros médicos y disponen su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes LBSC
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 012-2020-PERÚ COMPRAS Lima, 7 de febrero de 2020 VISTO: El Informe N° 000011-2020-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 31 de enero de 2020, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe N°