Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2020 (08/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

Sábado 8 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General de Concejo, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Informática y Tecnologías de la Información, la publicación de la Ordenanza y el íntegro del ROF en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (www.munipuntahermosa.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE HUMBERTO OLAECHEA REYES Alcalde 1853179-2

Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 03 de febrero de 2020 a don Hugo Torres Nestares, Gerente de la Oficina de Gobierno Digital, como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de San Borja, dejando sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 017-2020-MSB-A. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1852599-1

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Designan el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 028-2020-MSB-A San Borja, 3 de febrero de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, la Ordenanza N° 621-MSB de fecha 19 de febrero de 2019 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, la Ordenanza N° 622MSB de fecha 05 de abril de 2019 que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad Distrital de San Borja; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2019JUS se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM se aprueba su Reglamento y su modificatoria mediante Decreto Supremo N° 070-2013-PCM; Que, el artículo 6° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que: "La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa"; asimismo, el literal c) del artículo 3° del Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2013-PCM señala que: "Obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad. c) Designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia"; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 017-2020-MSB-A de fecha 20 de enero de 2020, se designó a doña Giannina Patricia Gamio Franco, Gerente de la Oficina de Gobierno Digital, como la funcionaria responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de San Borja; asimismo, con Resolución de Alcaldía N° 027-2020-MSB-A de fecha 03 de febrero de 2020, se designó a don Hugo Torres Nestares en el cargo de confianza de Gerente de la Oficina de Gobierno Digital; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el visto bueno de la Gerencia Municipal;

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Ordenanza que incentiva la regularización y pago de las deudas generadas por fiscalización tributaria o por la presentación de declaración jurada voluntaria
ORDENANZA N° 615-MSS Santiago de Surco, 31 de enero de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 04-2020-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 176-2020-SGMSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 63-2020-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 51-2020-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 042-2020-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 007-2020-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 012-2020-SGRCT-GAT-MSS de la Subgerencia de Registro y Control Tributario, sobre proyecto de Ordenanza que incentiva la regularización y pago de las deudas generadas por fiscalización tributaria o por la presentación de declaración jurada voluntaria; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, el Artículo 41º de dicho texto legal, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley y que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y sanciones, respecto de los impuestos que administren.