Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2020 (08/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de febrero de 2020 /

El Peruano

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-2019/ MDC en fecha 09 de enero del 2019, se acordó en su artículo 1º fijar la remuneración mensual del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, en S/.11,050.00 (once mil cincuenta y 00/100 soles); Que, a su vez, el artículo 52º de la Ley del Servicio Civil, Ley Nº 30057, establece que la Compensación Económica para los funcionarios señalados en dicho artículo (entre los que se encuentran los alcaldes como funcionarios públicos de elección popular, directa y universal), se aprueba mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante D.S. Nº 413-2019-EF, se aprobaron los montos de la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales, comprendidos en el literal a) del artículo 52º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, conforme se detalla en el anexo adjunto al citado Decreto Supremo; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del D.S. Nº413-2019-EF señala que las compensaciones económicas de los alcaldes distritales y provinciales que se aprueben en el marco de la presente norma, serán incluidas en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de cada municipalidad provincial o distrital, en el momento que la municipalidad transite al nuevo régimen del Servicio Civil; Que, asimismo, en su Primera Disposición Complementaria Final, establece que no se autoriza a los concejos municipales a reajustar el monto correspondiente a las dietas para los regidores; Que, mediante informes de vistos, el Proyecto de Aplicación del D.S. Nº 413-2019-EF en la Municipalidad Distrital de Comas ­ Compensación Económica del Alcalde, ha sido validado por la Subgerencia de Recursos Humanos, la Subgerencia de Presupuesto, la Gerencia de Administración y Finanzas; asimismo, cuenta con opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos;

Que, mediante dictamen de vistos, la Comisión Permanente de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas, señalan que se eleve al Pleno de Concejo de la Municipalidad distrital de Comas para su respectiva consideración el Proyecto de Aplicación del D.S. Nº 413-2019EF en la Municipalidad Distrital de Comas ­ Compensación Económica del Alcalde y modificar el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 002-2019/MDC del 09 de enero del 2019, de acuerdo al anexado al mismo; Estando a lo expuesto y, de conformidad con las atribuciones previstas en los Artículos 9º y 41ºde la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por MAYORÍA de los Señores Regidores; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta para la ejecución de los acuerdos adoptados; ACUERDA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 002-2019/MDC del 09 de enero del 2019, en los siguientes términos: "Artículo 1º.- APROBAR el monto de S/ 13,260.00 (trece mil doscientos sesenta y 00/100 Soles) como Compensación Económica mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas y el pago de un (1) aguinaldo por Fiestas Patrias y un (1) aguinaldo por Navidad, por montos equivalentes a la compensación económica aprobada; de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF." Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento del presente acuerdo.