Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2020 (24/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de abril de 2020 /

El Peruano

presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, hasta por la suma de S/ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para la contratación de los servicios necesarios para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; Que, asimismo, en el referido Decreto de Urgencia se indica que, para los fines del cumplimiento del párrafo anterior, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales definidos principalmente por tamaño de población, para financiar la contratación de los servicios que se requieran para la organización y desarrollo de un servicio de visitas domiciliarias y seguimiento nominal en sus jurisdicciones; Que, el citado Decreto de Urgencia establece que, en un plazo no mayor de tres (03) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación, se establece mediante Decreto Supremo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS, se establece el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, con el propósito de articular el trabajo territorial entre los diferentes sectores y niveles de gobierno para el seguimiento nominal y la atención oportuna de la población objetivo, en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control del coronavirus (COVID-19); Que, el artículo 6 del referido Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS establece que la implementación del paquete de servicios priorizados se realiza en tres fases: i) identificación y georreferenciación de las Personas Adultas Mayores con Alto Riesgo y Personas con Discapacidad Severa; ii) entrega de paquete de servicios priorizados según corresponda; y, iii) seguimiento nominal de la población objetivo; asimismo, el último párrafo del acotado artículo señala que el desarrollo de las fases se específica en un documento técnico aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en coordinación con el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y poblaciones Vulnerables; Que, mediante Resolución Ministerial N° 066-2020-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 005-2020-MIDIS denominada "Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19", en cuyo numeral 8.1 se establece que mediante Resolución del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en coordinación con el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprueba un manual para la operación a nivel local de lo dispuesto en la citada Directiva; Que, bajo ese marco y atendiendo a las competencias y funciones establecidas en las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS y Resolución Ministerial N° 046-2020-MIDIS, respectivamente, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial y la Dirección de Articulación Territorial, en los Informes N° 007-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT y N° 012-2020-MIDIS/ VMPES/DGIPAT/DAT, respectivamente, sustentan y proponen el "Manual para la Implementación a Nivel Local de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, para la prevención y control del COVID-19", indicando que el Manual propuesto ha sido elaborado en coordinación con el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, contando también con la conformidad del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, según lo expresado en el Memorando N° 066-2020-MIDIS/VMPES;

Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Modernización, con Memorando N° 267-2020-MIDIS/ SG/OGPPM e Informe N° 026-2020-MIDIS/SG/OGPPM/ OM, respectivamente, emiten opinión favorable sobre la propuesta de "Manual para la Implementación a Nivel Local de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, para la prevención y control del COVID-19"; Que, por lo expuesto y en el marco de la normativa aplicable, se estima conveniente aprobar el "Manual para la Implementación a Nivel Local de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, para la prevención y control del COVID-19"; Con los visados de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional; el Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS, que aprueba el diseño de la Red de Soporte para la persona adulta mayor con alto riesgo y la persona con discapacidad severa; la Resolución Ministerial N° 066-2020-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 005-2020-MIDIS denominada "Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19"; y, las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobadas por Decreto Supremo Nº 003-2020-MIDIS y Resolución Ministerial N° 046-2020-MIDIS, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Manual Aprobar el "Manual para la Implementación a Nivel Local de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, para la prevención y control del COVID-19", según el texto que, en Anexo, forma parte de la presente Resolución Viceministerial de Políticas y Evaluación Social. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial de Políticas y Evaluación Social y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Viceministerial de Políticas y Evaluación Social en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA FABIOLA BENAVIDES VIZCARRA Viceministra de Políticas y Evaluación Social 1865703-1

Designan Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO
PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA DE LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD SEVERA EN SITUACIÓN DE POBREZA - CONTIGO RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 032-2020-MIDIS/PNPDS-DE Lima, 22 de abril del 2020