Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2020 (24/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

Viernes 24 de abril de 2020 /

El Peruano

presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito no devengados al 31 de diciembre de 2019, y que no constituyen saldos de balance de dicha fuente de financiamiento; precisándose que los créditos presupuestarios a los que se refieren los literales a) y b) corresponden a aquellos que fueron transferidos o incorporados, según corresponda, en el presupuesto institucional de dichas entidades con cargo a recursos del FONDES; Que, asimismo, el numeral 51.2 del artículo 51 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, señala que la incorporación de los recursos a los que se refiere el citado artículo se efectúa mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa, y, para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, debe ser refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y la Ministra de Economía y Finanzas; en ambos casos, a solicitud del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). Dicho decreto supremo se publica hasta el 31 de marzo de 2020; sin embargo, a través del numeral 4 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (Covid-19) en el territorio nacional, se declara la suspensión por treinta (30) días contados a partir del día siguiente de la publicación del citado Decreto de Urgencia, del cómputo de los plazos vinculados a las actuaciones de los órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público, y de los entes rectores de los sistemas funcionales, incluyendo aquellos plazos que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la referida norma; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, mediante los Oficios Nºs. 0825 y 1454-2020-INDECI/4.0, remite un proyecto de Decreto Supremo que autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor de dos (02) pliegos del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco y de treinta y cuatro (34) Gobiernos Locales, para financiar la continuidad de intervenciones a cargo de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a veintisiete (27) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR), cinco (05) proyectos de inversión, cuarenta y nueve (49) Actividades de Emergencia y una (01) actividad de mitigación y capacidad de respuesta; Que, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Memorando Nº 0078-2020-EF/63.04, emite opinión técnica de veintisiete (27) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR) y cinco (05) proyectos de inversión; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 74 527 682,00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de dos (02) pliegos del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco y de treinta y cuatro (34) Gobiernos Locales, con cargo a los créditos presupuestarios señalados en los literales a) y b) del numeral 51.1 del artículo 51 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, respectivamente, para financiar la continuidad de intervenciones a cargo de la Comisión Multisectorial del FONDES, señaladas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 51.1 y 51.2 del artículo 51 del Decreto de Urgencia Nº 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y el numeral 4 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (Covid-19) en el territorio nacional;

Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 74 527 682,00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de dos (02) pliegos del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco y de treinta y cuatro (34) Gobiernos Locales, con cargo a los créditos presupuestarios señalados en los literales a) y b) del numeral 51.1 del artículo 51 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, destinados a financiar la continuidad de intervenciones a cargo de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), las cuales corresponden a veintisiete (27) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR), cinco (05) proyectos de inversión, cuarenta y nueve (49) Actividades de Emergencia y una (01) actividad de mitigación y capacidad de respuesta, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Soles 1 : Recursos Ordinarios 19 130 512,00

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 1 . 8 . 2 2 . 1 1 Bonos del Tesoro Público 55 397 170,00 ------------------TOTAL INGRESOS 74 527 682,00 =========== EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobierno Central : Gobierno Nacional 1 : Recursos Ordinarios En Soles

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Nacional

2 623 811,00 -------------------2 623 811,00 --------------------

SECCION SEGUNDA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: Instancias Descentralizadas 448 : Gobierno Regional del Departamento de Huánuco 1 : Recursos Ordinarios

118 073,00 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Regional

8 000 201,00 ------------------8 118 274,00 -------------------

SECCION SEGUNDA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios

14 319 254,00

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros FUENTE DE FINANCIAMIENTO

2 069 374,00

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Local TOTAL EGRESOS

47 396 969,00 --------------------63 785 597,00 --------------------74 527 682,00 ===========