Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2020 (24/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de abril de 2020 /

El Peruano

autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 617-MSB de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprueba el "Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales y Junta de Delegados Vecinales Comunales del Distrito de San Borja", el cual tiene como finalidad regular la constitución, organización y funciones de las juntas vecinales comunales, de manera tal que garantice la representación de los residentes del distrito, y de esa manera optimizarlas como canal de diálogo entre la institución y los vecinos; siendo que, mediante Decreto de Alcaldía N° 008-2020-MSB-A de fecha 16 de marzo de 2020, se modifica el Cronograma del Proceso Electoral para las Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales 2020, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 003-2020-MSB-A, en razón de la declaración de Estado de Emergencia Sanitaria como medida para mitigar la propagación del COVID-19, aprobada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA; Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2020SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 11 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19, asimismo, con Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo de 2020, se declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afecta la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, norma que ha sido precisada por los Decretos Supremos N° 045-2020PCM y N° 046-2020-PCM, ampliado temporalmente con el Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, para la adopción e implementación de acciones de prevención y control del COVID-19, y normas modificatorias, prorrogado por el Decreto Supremo N° 064-2020-PCM; Que, con Informe N° 024-2020-MSB-OPV de fecha 20 de abril de 2020, la Oficina de Participación Vecinal solicita dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía de N° 008-2020-MSB-A y asimismo, se disponga se posponga la modificación del Cronograma del Proceso Electoral para las Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales 2020, hasta después del levantamiento de la Emergencia Sanitaria por los efectos del Coronavirus (COVID-2019) con el fin de evitar el riesgo de contagio y expansión de esta enfermedad entre los vecinos de San Borja; Que, mediante Informe N° 177-2020-MSB-OAJ de fecha 20 de abril de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y señala que,

ante las disposiciones legales dictadas por el Gobierno Nacional, con la finalidad de menguar los riesgos existentes por la propagación del Coronavirus COVID-19, emite opinión favorable a la emisión del Decreto de Alcaldía que deje sin efecto el Decreto de Alcaldía de N° 008-2020-MSB-A y asimismo, se disponga que se posponga la modificación del Cronograma del Proceso Electoral para las Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales 2020, hasta después del levantamiento de la Emergencia Sanitaria por los efectos del Coronavirus (COVID-2019), conforme a lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Participación Vecinal y Gerencia Municipal: DECRETA: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía N° 008-2020-MSB-A de fecha 16 de marzo de 2020, que modifica el Cronograma del Proceso Electoral para las Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales 2020. Artículo Segundo.- POSPONER el "Cronograma del Proceso Electoral para las Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales 2020", hasta después del levantamiento de la Emergencia Sanitaria y Emergencia Nacional decretados por los efectos del Coronavirus (COVID-2019). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Participación Vecinal y al Comité Electoral proponer el nuevo "Cronograma del Proceso Electoral para las Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales 2020", a que se refiere el Artículo Segundo, previo informe de alcances y recomendaciones sanitarias propuestas por la Gerencia de Salud Pública. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital, la publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1865724-2

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