Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2020 (15/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

32
PNIPA-ACUSEREXPP-001477

NORMAS LEGALES
IMPLEMENTACIÓN DE ALTERNATIVAS PARA DISMINUIR EL PROCESO DE EXTINCIÓN AQUALINE DEL CARACHI EN LOS HABITATS PRODUCTS S.A.C. NATURALES EN LA REGIÓN PUNO" MEJORAMIENTO DEL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y PRODUCTIVO EN LA CRIANZA AQUALINE DE TRUCHAS EN JAULAS PRODUCTS S.A.C. FLOTANTES, EN EL DISTRITO DE CHUCUITO REGIÓN PUNO" TOTAL

Miércoles 15 de abril de 2020 /

El Peruano

19

109-2020

OMR VI

20448896685

49,685.00

49,685.00

-

49,685.00

Informe N° 005-2020-PRODUCEPNIPA/UIA

20

PNIPA-ACUSEREXPP-001482

110-2020

OMR VI

20448896685

71,831.00

71,831.00

-

71,831.00

Informe N° 005-2020-PRODUCEPNIPA/UIA

1,405,609.04 1,405,609.04

- 1,405,609.04

CATEGORÍA: MEJORAMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE LA OFERTA DE SERVICIOS EN INVESTIGACION, DESARROLLO E INNOVACION EN ACUICULTURA



Código de Subproyecto

Contrato

Titulo Subproyecto

Entidad Ejecutora

OMR

RUC

Monto Desembolso (soles)

RDR (100%)

ROOC (0%)

Total

Solicitud

1

PNIPA-ACUSFOCAPP-000315

082-2020

ASOCIACION DE Formación de extensionistas PRODUCTORES acuícolas, para la red de AGROPECUARIOS piscigranjas del distrito de Sucre, ECOLOGICOS E en la provincia de Celendín, región INDUSTRIALES Cajamarca. CHALLUAYACU SUCRE TOTAL

OMR 1

20605283978

65,340.00

65,340.00

-

65,340.00

Informe N° 005-2020-PRODUCEPNIPA/UIA

65,340.00

65,340.00

-

65,340.00

TOTAL ACUICULTURA

1,470,949.04

1,470,949.04

- 1,470,949.04

TOTAL CONCURSO 2018-2019 - IV VENTANILLA SEREX-SFOCA

1,470,949.04

1,470,949.04

-

1,470,949.04

TOTAL GENERAL (Anexos 1, 2 y 3)

2,370,177.53

2,370,177.53

- 2,370,177.53

ELABORACIÓN: UPP-PNIPA FUENTE: Informes N° 015-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA-UIP (23.03.2020), 016-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA-UIP (26.03.2020) y 005-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA (27.03.2020)

1865546-3 mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no financieros con entidades públicas y privadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Proyecto "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 0142019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y mediante su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE de fecha 17 de enero de 2020, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/ la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto;

Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA N° 112-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 26 de marzo de 2020 VISTOS: El Informe N° 060-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UA.AL del Área de Asesoría Legal de fecha 26 de marzo de 2020; el Informe N° 042-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión de fecha 25 de marzo de 2020; el Memorando N° 241-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚUA de la Unidad de Administración de fecha 25 de marzo de 2020; el Memorando N° 049-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UM de la Unidad de Monitoreo de fecha 24 de marzo de 2020; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM, con la finalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y financiera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto Supremo 003-2009-PRODUCE; Que, mediante Ley N° 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial,