Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2020 (15/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de abril de 2020 /

El Peruano

Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento ­ BIRF ­ Banco Mundial, Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutarán los Subproyectos adjudicados de innovación, en el marco del Concurso PNIPA 20182019, (4ta. Ventanilla), en las categorías de: Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Acuicultura, respectivamente, señaladas en los cuadros del Anexo que forman parte integrante de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 3´176,575.69 (Tres millones ciento setenta y seis mil quinientos setenta y cinco con 69/100 soles), correspondiendo el monto de S/ 1'270,630.28 (Un millón doscientos setenta mil seiscientos treinta con 28/100 soles) por fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR), y el monto de S/ 1´905,945.41 (Un millón novecientos cinco mil novecientos cuarenta y cinco con 41/100 soles) por fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito (ROOC), en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, Oficinas Macro Regionales, Unidad de

Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Asimismo disponer a la Unidad de Planificación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas Oficinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, relacionado con el "Monitoreo" deben elaborar la información para cumplir con informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Directoral. Asimismo, disponer a la Unidad de Planificación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas Oficinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los beneficiarios de las subvenciones otorgadas por el Programa, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente resolución a las Unidades y Oficinas Macro Regionales ­ OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, y disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA. Regístrese, comuníquese y publíquese.1 ROSMARY CORNEJO VALVIDIA Directora Ejecutiva (e) del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura

1

La presente Resolución Directoral se publica en modo virtual en el Portal Institucional del Programa (www.pnipa.gob.pe), en atención al Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, mediante el cual, declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; por lo que, una vez que se levante el régimen de excepción, esta Resolución será reemplazada con la firma, vistos y con los sellos respectivos.

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 009-2020-PRODUCE-PNIPA-DE DESEMBOLSOS A SUBPROYECTOS POR PROYECTO Y META PRESUPUESTAL (soles) CONCURSO 2018-2019 PROYECTO: 2302313 PROYECTO NACIONAL DE INNOVACION EN ACUICULTURA

CATEGORÍA: FOMENTO E INCENTIVO DEL SERVICIO DE EXTENSION EN ACUICULTURA



Código de Subproyecto

Contrato

Titulo Subproyecto Transferencia de Tecnologías y Mejora de las Buenas Prácticas en el Proceso Productivo de Tilapia (Oreochromis niloticus), en la Asociación de Productores Agropecuarios Triunfadores Unidos, en el Distrito de Tabaconas, Provincia de San Ignacio, Departamento Cajamarca

Entidad Ejecutora

OMR

RUC

Monto Desembolso (soles)

RDR (40%)

ROOC (60%)

Total

1

PNIPA-ACUSEREX-PP-001370

004-2020

ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS TRIUNFADORES UNIDOS

OMR I 20600440480

72,887.00

29,154.80

43,732.20

72,887.00