Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2020 (05/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Domingo 5 de abril de 2020

NORMAS LEGALES

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Artículo 26.- Competencias Metropolitanas en el marco de la Conservación de la Diversidad Biológica La MML, promueve la conservación de la diversidad biológica en cumplimiento con la legislación nacional vigente, en coordinación con las instituciones vinculadas a la conservación de la diversidad biológica, a través de sus diversos órganos y organismos públicos descentralizados vinculados a dichas competencias. Las entidades y organizaciones con competencia y responsabilidades en materia ambiental y de recursos naturales promueven, coordinan e implementan acciones establecidas en la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica para ser aplicadas en la provincia de Lima, considerando los lineamientos y objetivos sectoriales respecto a la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica. Artículo 27.- Instrumentos para la Conservación de la Diversidad Biológica Son instrumentos para la conservación de la diversidad biológica en el ámbito de la provincia de Lima, los siguientes: 1. Sistema Metropolitano de Información Ambiental, en el cual se muestran Indicadores de diversidad biológica. 2. Inventario de áreas verdes y censo de arbolado urbano a nivel metropolitano. 3. Ordenanzas para la Conservación y Gestión de Áreas Verdes y servicios ecosistémicos en la Provincia de Lima. 4. Zonificación Urbana que establece áreas de protección ecológica 5. Otros que serán establecidos y elaborados por la MML. Artículo 28.- Espacios de Participación para la Conservación de la Diversidad Biológica La MML promueve el fortalecimiento de los espacios de participación ciudadana existentes, tales como, la Comisión Nacional de Diversidad Biológica­CONADIB, las CAM distritales, la CAMET, los Comités de Gestión de Áreas Naturales Protegidas­ANP, Comités de Gestión de Bosques, entre otros, a fin de planificar y ejecutar las acciones pertinentes, con todos los actores involucrados en la toma de decisiones vinculadas a la gestión de la diversidad biológica, generando y fortaleciendo alianzas público-privadas, que cuenten con participación de la población local, con el propósito estratégico de impulsar la conservación y puesta en valor de la biodiversidad. CAPÍTULO V GESTIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS Artículo 29.- Gestión de los Recursos Hídricos en la provincia de Lima La gestión integrada de los recursos hídricos en el ámbito territorial de la cuenca hidrográfica que abarca la jurisdicción de la provincia de Lima, es un proceso que promueve el manejo y desarrollo coordinado del uso y aprovechamiento multisectorial del agua con los recursos naturales vinculados a ésta, orientado a lograr el aprovechamiento sostenible, la conservación, la protección de la calidad y el incremento de la disponibilidad de los recursos hídricos, en el marco del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos (SNGRH). Artículo 30.- Competencias Metropolitanas en el Marco de la Gestión de los Recursos Hídricos La MML, es miembro del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Interregional Chillón ­ Rímac ­ Lurín (CRHC CHIRILU), con el objetivo de participar en la planificación y realización de coordinaciones pertinentes respecto a la gestión integral de los recursos hídricos, conjuntamente con la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y otras entidades competentes, en el marco del SNGRH. Artículo 31.- De los espacios de participación en la Gestión de los Recursos Hídricos Los espacios de participación de la gestión de los recursos hídricos deberán coordinar y articularse con la CAMET. Artículo 32.- Instituciones Responsables de la Gestión de los Recursos Hídricos Son responsables de la gestión de los recursos

hídricos en la provincia de Lima, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y el CRHC CHIRILU, siendo este último, un espacio de concertación en el cual las instituciones y organizaciones vinculadas a la gestión integrada de los recursos hídricos de las cuencas Chillón, Rímac y Lurín, pueden presentar sus necesidades, proyectos y reclamos, a efectos de planificar y coordinar el aprovechamiento sostenible del agua en la referida cuenca. CAPÍTULO VI ÁMBITOS TEMÁTICOS DEL SMGA Artículo 33.- Gestión Integral frente al Cambio Climático Las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático se incluyen en el Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM), Planes de Desarrollo Local y Regional Concertados, así como en el Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI) de la MML. Las municipalidades distritales de la provincia de Lima, en el marco de sus competencias y funciones, incluyen medidas de adaptación y mitigación al cambio climático en sus planes locales de desarrollo, en forma coherente y complementaria, bajo un proceso participativo, transparente e inclusivo del sector público, privado y de la sociedad civil, con la finalidad de integrar la gestión del cambio climático y el desarrollo del país en armonía con la naturaleza, acorde a la Ley Nº 30754 ­ Ley Marco sobre Cambio Climático. Artículo 34.- Ordenamiento Territorial Ambiental Se materializa, entre otros instrumentos y procesos, a través de los procesos de Zonificación Ecológica Económica (ZEE) y Zonificación Urbana, que coadyuven con la gestión territorial de Lima Metropolitana. Artículo 35.- Gestión Integral de Residuos Sólidos A través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, la MML planifica la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, con metas para el corto, mediano y largo plazo, aprobando para ello, un Plan Provincial de Gestión de Residuos Sólidos Municipales (PIGARS), en base a los lineamientos que establece el MINAM. Cabe señalar que, el mencionado instrumento se desarrolla en base a la información facilitada por las municipalidades distritales, mediante sus Planes Distritales de Manejo de Residuos Sólidos Municipales (PMR). Asimismo, en el Cercado de Lima, la MML desarrolla programas de segregación en la fuente y de recolección selectiva de los residuos sólidos, con el objeto de facilitar su valorización y/o disposición final en condiciones técnicamente adecuadas, brinda el servicio de limpieza pública, el cual comprende el barrido, limpieza y almacenamiento en espacios públicos, la recolección, el transporte, la transferencia, valorización y disposición final de los residuos sólidos, de manera directa y/o a través de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos (EO-RS). De la misma forma, las municipalidades distritales tienen dichas obligaciones en sus respectivas jurisdicciones y son responsables de la recuperación o reconversión de aquellas áreas degradadas que se hayan generado en ellas; asimismo, deben cumplir con las demás competencias u obligaciones establecidas en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1278 y su Reglamento. Adicionalmente, la MML es competente para supervisar, fiscalizar y sancionar el manejo y la prestación de los servicios de residuos sólidos que realicen las municipalidades distritales y las EO-RS, según las normas vigentes que regulan sobre la materia. Artículo 36.- Gestión de la Calidad del Aire La MML, en coordinación con las municipalidades distritales de la provincia de Lima, implementa medidas para reducir los niveles de contaminación del aire, previniendo y controlando dicha contaminación y promoviendo el transporte sostenible, considerando los Estándares de Calidad Ambiental (ECA), y Límites Máximos Permisibles (LMP) establecidos en la normatividad ambiental. Artículo 37.- Gestión de la Lucha Contra la Desertificación y Sequía La gestión de la lucha contra la desertificación y sequía en la provincia de Lima, se desarrolla en el marco de la