Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2020 (05/04/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 5 de abril de 2020 /

El Peruano

VISTO: El Decreto Supremo N° 046-2020-PCM de fecha 18 de marzo de 2020 y el Acuerdo N° 481-2020 de Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero: Mediante el Decreto Supremo N° 044-2020PCM, de fecha 15 de marzo de 2020, el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del Covid-19. Segundo: Mediante la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso suspender las labores del Poder Judicial, en vía de regularización, a partir de la citada fecha, y por el plazo de 15 días calendario, en acatamiento al Estado de Emergencia Nacional establecido por el Presidente del Poder Ejecutivo. Tercero: Asimismo, mediante la referida resolución, se adoptaron medidas en aras de garantizar un óptimo servicio de administración de justicia y, al mismo tiempo, preservando la salud y el bienestar de los señores jueces, funcionarios y personal auxiliar; así como de los abogados y público en general. Dentro de este contexto normativo, se estableció que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país designaran los órganos de jurisdiccionales y administrativos indispensbles en el periodo de emergencia, conforme a continuación se detalla: i) Juzgados Penales: Por lo menos se designará un juez penal para conocer procesos con detenidos, libertades, requisitorias, habeas corpus; y otros casos de urgente atención. Sin perjuicio que se emitan las sentencias en los procesos con reos en cárcel, con plazo de prisión preventiva improrrogable por vencer ii) Juzgados no Penales: Por lo menos, se designará un juez para atender asuntos de violencia familiar, medidas cautelares, admisión y medidas cautelares en proceso de amparo, consignación y endosos de alimentos; y otros casos de urgente atención. iii) Sala Superior: Por lo menos, se designará una sala mixta que conocerá las apelaciones de los casos señalados precedentemente. Cuarto: En ese sentido, mediante la Resolución Administrativa N° 107-2020-P-CSJPPV, de fecha 16 de marzo de 2020, se designaron a los órganos jurisdiccionales y administrativos de emergencia en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra­Ventanilla, que se harían efectivas a partir del 16 al 30 de marzo del año 2020; y, asimismo, se estableció que la lista de personal de las dependencias administrativas y los órganos jurisdiccionales de emergencia podrían ser reducidas o ampliadas según las necesidades institucionales; habiendo garantizado la Gerencia de Informática el acceso remoto desde los domicilios de los magistrados y servidores a sus computadoras ubicadas en sus despachos. Quinto: Posteriormente, con fecha 18 de marzo de 2020, el Presidente del Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, dispuso nuevas medidas que precisen las limitaciones al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas, incluyendo un toque de queda a nivel nacional entre las 8.00 p. m. y las 5.00 a. m., con la finalidad de acrecentar el aislamiento social considerado imprescindible dentro de la estrategia de combate a la pandemia de coronavirus. Sexto: Bajo esa óptica, no encontrándose el Poder Judicial exento de adoptar las medidas necesarias para acrecentar el referido aislamiento social y combatir de esta manera la propagación del COVID-19, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en la fecha, ha emitido el Acuerdo N° 481-2020, mediante el cual dispuso convertir los Juzgados Penales de Emergencia de los Distritos Judiciales, conformados en merito a la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ a Juzgados Mixtos de Emergencia, para que conozcan materia penales y no penales graves y urgentes. Séptimo: En ese sentido, en aras de contribuir al objetivo común de combatir la propagación del virus

COVID -19, mediante el aislamiento social, corresponde reducir al mínimo posible el número de órganos jurisdiccionales de emergencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra ­ Ventanilla, conforme lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fin de no generar la necesidad de tránsito y circulación de los señores magistrados, servidores y usuarios, que no sea la estrictamente imprescindible, dado que deberá adoptarse mecanismos de comunicación alternativos y excepcionales, que impliquen el aprovechamiento de las modernas tecnologías de la información y las comunicaciones, así como los procedimientos operativos internos, igualmente excepcionales, que permitan durante este periodo de emergencia nacional brindar la atención mínima exigible al Estado en la prestación del servicio de justicia, sólo para aquellos asuntos manifiestamente urgentes que se encuentren excluidos de la suspensión de plazos dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Dicho esto, la adecuación establecida mediante el Acuerdo N° 481-2020 de Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se realizará teniendo en cuenta que en este Distrito Judicial se encuentra vigente el Código Procesal Penal. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra­Ventanilla. RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el funcionamiento como únicos órganos jurisdiccionales de emergencia, durante el periodo de emergencia nacional dispuesto mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y demás normas complementarias, los siguientes órganos jurisdiccionales: 1. El Juzgado de Paz Letrado Mixto único se encontrará a cargo de la señora doctora Juana Gregoria Bringas Enciso, Juez Supernumeraria del Primero Juzgado de Paz Letrado Familia de Ventanilla y Mi Perú, y asumirá únicamente el conocimiento de pedidos de consignación y endoso de alimentos, de conformidad a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, en todo el Distrito Judicial de Puente Piedra ­ Ventanilla. 2. El Juzgado Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec, a cargo de la señora doctora Maritza del Rosario Mina Ballona, asumirá los procesos con detenidos, libertades, requisitorias, habeas corpus, pedidos de medidas limitativas de derechos relacionadas a la emergencia sanitaria; y otros casos de urgente atención, de conformidad a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, en los distritos de Ventanilla y Mi Perú, es decir, actuará como único Juzgado de Investigación Preparatoria de Emergencia en dichos distritos. 3. El Juzgado Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa, a cargo de la señora doctora Cris Lloly Ruiz Cardenas, asumirá los procesos con detenidos, libertades, requisitorias, habeas corpus, pedidos de medidas limitativas de derechos relacionadas a la emergencia sanitaria; y otros casos de urgente atención, de conformidad a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, en los distritos de Ancón, Santa Rosa y Puente Piedra, es decir, actuará como único Juzgado de Investigación Preparatoria de Emergencia en dichos distritos. 4. El Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Ancón y Santa Rosa, a cargo de la señora doctora Masiel Galindo Soto, en el marco de lo establecido en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, conocerá la situación jurídica de los requisitoriados detenidos que competen a todos los Juzgados Penales Unipersonales de este Distrito Judicial; dictará las medidas de protección que competen a todos los Juzgados de Familia de este Distrito Judicial, conocerá los procesos de adolescentes en conflicto con la ley penal que ingresen con detenido, conocerá la admisión y medidas cautelares en procesos de amparo, que correspondan a todos los Juzgados Civiles (con competencia en procesos de Amparo) de este Distrito Judicial, así como también conocerá otros casos de urgente atención de conformidad a lo establecido en