Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2019 (13/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Nuevos Soles), suma que correspondía a dos sesiones al mes como máximo y que no supera el 30 % del ingreso mensual del alcalde; Que, mediante Informe Nº 004-2019-GM/MDA de fecha 17 de enero de 2019, emitido por la Gerencia Municipal se concluye que no procede el incremento en la remuneración del Alcalde, ni de las Dietas de los Regidores; Estando a los fundamentos expuestos, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, con el voto por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 74-2015-MDA de fecha 30 de junio de 2015, que establece con eficacia anticipada al 01 de enero de 2019, el ingreso mensual que percibe el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ancón, fijado en la suma de S/. 5,200.00 soles (Cinco Mil Doscientos y 00/100 Soles), con estricta observancia del monto anual presupuestado. Artículo Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 74-2015-MDA de fecha 30 de junio de 2015, que establece con eficacia anticipada al 01 de enero de 2019, el monto que por concepto de dietas le corresponde percibir a los Regidores del Concejo Distrital de Ancón por la asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo en un mes, fijado en S/. 1,560.00 (Un Mil Quinientos Sesenta y 00/100 Soles). Las dietas se otorgarán con un máximo de dos (2) sesiones ordinarias abonables por mes, cuyo total equivale al treinta por ciento (30 %) de la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ancón, con estricta observancia del monto anual presupuestado. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Recursos Humanos y Subgerencia de Planeamiento y, el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1806040-1

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en el numeral I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción territorial. Que, de acuerdo al Artículo 73º (1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son funciones de las Municipalidades Distritales, la Organización del espacio físico ­ uso del suelo, respecto a la Habilitación Urbana (1.3) y según el Artículo 89º, las tierras que son susceptibles de convertirse en urbanas solamente pueden destinarse a los fines previstos en la zonificación aprobada por la Municipalidad Provincial, así mismo, todo proyecto de urbanización, transferencia o cesión de uso, para cualquier fin, de terrenos urbanos o suburbanos, se someterá necesariamente a la Aprobación Municipal. Que, el numeral 3.6.1) del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 ­ establece que, constituye función específica exclusiva de las Municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalización de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; realizar la verificación administrativa y evaluación técnica de los expedientes, elaborando el informe para la emisión de la Resolución de Recepción de Obras de habilitación Urbana, establecidos en literal c) del Artículo 93º de la Ordenanza Municipal Nº 360-2019-MDCH, que aprueba la modificación de la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad distrital de Chorrillos. Que, de acuerdo a la Ordenanza Nº 1044-MML QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO DE LA ZONA DE REGLAMENTACION ESPECIAL DE LOS PANTANOS DE VILLA QUE FORMA PARTE DEL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO IV DE LIMA METROPOLITANA; determina que el área sobre el cual se encuentra la UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS, corresponde a Educación Superior (E3). Que, el numeral 26.1 del Artículo 26º del Reglamento de la Ley Nº 29090, establece que, "...se puede solicitar la aprobación de modificaciones no sustanciales en proyectos aprobados Habilitaciones Urbanas, antes o después de su ejecución. En este último supuesto, la aprobación se solicita en el procedimiento de Recepción de Obras con variaciones". Que, respecto a la modificación no sustancial, esta se encuentra referida al Aporte de Otros Fines, el mismo que corresponde al 2% del área del terreno con un área de 1,147.97 m2, el cual fue redimido en dinero a valor arancelario, conforme lo establece el Artículo 27º de la Norma GH. 020 del Reglamento Nacional de Edificaciones, mediante recibo de ingreso de caja Nº00200177996, de fecha 26 de junio del 2019. Que, mediante informe Nº 001/2019-SGPUC-CWMGDU-MDCH, de fecha 05 de julio del presente, emitido por personal técnico de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, en donde señala que realizada la Inspección Ocular se constató que las Obras han sido ejecutadas y culminadas, en aplicación al Artículo 19 del Capítulo II de la Ley 29090 y, se determina que el Expediente Técnico cumple con los requisitos exigidos en la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su Reglamento, por lo que corresponde atender el pedido del administrado; Que, en uso de Acta de Calificación de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la sesión de fecha 12 de julio de 2019, la comisión calificadora de Habilitaciones Urbanas Aprueba la Modificación de Proyecto Aprobado de Habilitación Urbana de la UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS, a fin de lograr su Recepción

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban recepción de obras con modificación del proyecto de habilitación urbana para uso de educación superior de inmueble ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 029-2019-GDU-MDCH Chorrillos, 13 de agosto de 2019 LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS VISTO: El expediente Nº 7691-2019 de fecha 21 de Junio del presente año, mediante el cual la UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS, debidamente representada por su apoderado, ALMEZA BARRA, JOSE ALBERTO, identificado con DNI 09646731, solicita la Recepción de Obras con variación, sobre la modificación del Proyecto aprobado de Habilitación Urbana del Lote Único, de un terreno con un área de 57,098.40m2, ubicado en la Av. San Marcos Mz A Sub Lote B, de la Parcelación Semirústica Fundo Villa, Denominado Lotización San Juan Bautista de Villa del Distrito de Chorrillos, Provincia y departamento de Lima; y,