Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2019 (04/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30224, en concordancia con el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, disponen que la Presidencia Ejecutiva del INACAL conduce el funcionamiento institucional de la Entidad y está a cargo de un Presidente Ejecutivo, a dedicación exclusiva y remunerada, quien es la máxima autoridad administrativa y ejecutiva de la entidad y ejerce la titularidad del pliego presupuestal; asimismo, el artículo 16 y el literal p) del artículo 17 del citado Reglamento, señalan que la Gerencia General es el máximo órgano administrativo y actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de apoyo y asesoramiento. Está a cargo de la o el Gerente General quien asiste y asesora a la Presidencia Ejecutiva en las materias de su competencia y asume las facultades que le sean expresamente delegadas y las demás funciones en el marco legal vigente; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 002-2019-INACAL/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 018-2019-INACAL/PE, se delegaron diversas facultades en el/la Gerente/a General del INACAL; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se crea el referido Sistema como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, establece, entre otros aspectos, que la fase de ejecución del ciclo de inversión se inicia luego de la aprobación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR), comprende la elaboración del expediente técnico o documento equivalente y la ejecución física de las inversiones, la cual se inicia luego de la aprobación del referido expediente técnico o documento equivalente; Que, el numeral 32.4 del artículo 32 del Capítulo V "Fase de Ejecución del Ciclo de Inversión" de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, señala que "La aprobación del expediente técnico o documento equivalente se realiza de acuerdo a la normativa de organización interna de la entidad o estatuto de la empresa pública a cargo de la ejecución de la inversión"; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 073-2019-INACAL/PE se aprueba la Directiva Nº 007-2019-INACAL "Directiva interna que establece los procesos para la elaboración y aprobación del expediente técnico o del estudio definitivo para las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR) del INACAL", la cual establece, entre otros aspectos, que el expediente técnico o estudio definitivo de las IOARR se aprueba mediante acto resolutivo del/la Presidente/a Ejecutivo/a, o de quien este delegue; Que, en tal sentido, en lo que a materia de inversiones se refiere, resulta pertinente actualizar la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 002-2019-INACAL/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 018-2019-INACAL/PE, a fin de incluir el literal e) en el artículo 1 de la aludida resolución, mediante el cual se añada la facultad de aprobar el expediente técnico o documento equivalente (estudio definitivo) emitido en la fase de ejecución del Ciclo de Inversión de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR) del INACAL; Que, con la finalidad de garantizar la adecuada gestión de las inversiones de la entidad, es necesario modificar la delegación de facultades efectuada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 002-2019-INACAL/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 018-2019-INACAL/PE, conforme a lo dispuesto por la

Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL; el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; y la Resolución Directoral Nº 001-2019EF/63.01, que aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 002-2019-INACAL/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 018-2019-INACAL/PE Modifíquese el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 002-2019-INACAL/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 018-2019-INACAL/PE, incorporándose el literal e) en los siguientes términos: "Artículo 1.- Delegación de facultades en el/la Gerente General Delegar en el/la Gerente/a General del Instituto Nacional de Calidad, durante el Año Fiscal 2019, las siguientes facultades: (...) e) En materia de inversiones: - Aprobar el expediente técnico equivalente (estudio definitivo), emitido ejecución del Ciclo de Inversión de las optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación (IOARR) del INACAL". o documento en la fase de inversiones de reposición y de

Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 002-2019-INACAL/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 018-2019-INACAL/PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1803535-1

Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas con cargo al Presupuesto del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad
RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 698-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 28 de agosto de 2019 VISTOS, el Informe N° 077-2019-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 152, 153, 155 y 156 - 2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y,