Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2019 (04/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de setiembre de 2019 /

El Peruano

número de vacantes y cargos a desempeñar, referida en el numeral b) del artículo 14 del Reglamento, será remitida al Presidente de la República, en la segunda quincena del mes de agosto del 2019; Que, el literal c) del artículo 14 del Reglamento señala que los cargos a desempeñar por el Personal Militar, se establecerán mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa; Que, el artículo 15 del Reglamento dispone que el nombramiento del Personal Militar es por un periodo máximo de dos años; Que, el tercer párrafo del artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución, hasta un (01) año antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 42 y 43 del mencionado Decreto Legislativo; asimismo, tendrán los mismos derechos que el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería), establecidos en la norma que regule la materia; Que, mediante Oficio G.500-0680, del 19 de junio del 2019, la Marina de Guerra del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregaduría del Exterior, para el periodo 2020-2022; Que, mediante Oficio Nº 3184/ S-CGE/N-01.3/01.00, del 23 de julio del 2019, el Ejército del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregaduría del Exterior, para el periodo 2020-2022; Que, mediante NC-35-SGFA-DAPO-Nº 2704, del 02 de agosto del 2019, la Fuerza Aérea del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregaduría del Exterior, para el periodo 2020-2022; Que, en atención a lo antes expuesto, es necesario aprobar los cargos de Auxiliar de las Agregadurías a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, por un periodo máximo de dos (2) años; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas; así como, la Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de marzo de 2020, y por un periodo máximo de dos (02) años, en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República de Colombia. 2.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América. 3.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República Francesa. 4.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en Japón. 5.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República Popular China. 6.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (WASHINGTON D.C.). 7.- (01) Auxiliar a la Agregaduría Adjunta a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (ODEMI).

8.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia. 9.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en la República de Colombia. 10.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en la República Francesa y concurrente en los Países Bajos y Bélgica. 11.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en la República Argentina. 12.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en la República Italiana. 13.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil. 14.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente en la República del Paraguay. 15.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en Canadá. 16.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en la República de Corea 17.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en el Reino de España. 18.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de julio de 2020 y por un periodo máximo de dos (02) años en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina. 2.- (02) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia. 3.- (03) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil. 4.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en Canadá. 5.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Corea. 6.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia. 7.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Popular China. 8.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Militar a la Embajada del Perú en la República Francesa. 9.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la India. 10.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de Israel. 11.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. 12.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Militar a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia. Artículo 3.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de agosto del 2020 y por un periodo máximo de dos (02) años en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina. 2.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia concurrente en la República del Paraguay. 3.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil. 4.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en Canadá. 5.- (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda de Norte.