Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2019 (04/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 4 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, en atención a lo antes expuesto, es necesario aprobar los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, por un periodo máximo de dos (2) años; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada mediante Decreto Legislativo Nº 1143, así como la Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior, a partir del 01 de marzo del 2020, por un período máximo de dos años, de acuerdo al siguiente detalle: 1.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay. 2.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia. 3.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil. 4.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Popular China. 5.- (01) Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y Oficial de Enlace en el Comando Sur. 6.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la República Francesa. 7.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la India. 8.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de Israel. 9.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. 10.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús. 11.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI). 12.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia. 13.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la República de Polonia y República Checa. 14.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en Canadá. 15.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil. 16.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América. 17.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay. 18.- (01) Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en Japón. 19.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y Oficial de Enlace en el Componente Naval del Comando Sur de la Marina de los Estado Unidos de América. 20.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en la República de Chile. 21.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (WASHINGTON D.C.). 22.- (01) Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (ODEMI). 23.- (01) Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y, Oficial de Enlace en el Comando Sur (ODEPA). 24.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada

del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús. 25.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay. 26.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Italiana. 27.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Ecuador. 28.- (01) Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en la República de Ecuador. 29.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente en la República del Paraguay. 30.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en Canadá. 31.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Corea. 32.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en el Reino de España. 33.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias de la Institución Armada respectiva, en los ejercicios fiscales correspondientes, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1803541-5

Aprueban cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2019 DE Lima, 28 de agosto de 2019 VISTO: El Informe de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 09772019-DE/SG (en adelante, el Reglamento), del 05 de agosto del 2019, establece que el Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado ante las Agregadurías en el exterior asume un cargo de interés institucional y nacional brindando un servicio de naturaleza pública, relacionado a los aspectos de defensa y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables; Que, el artículo 6 del Reglamento acotado señala que, dentro de los cargos a ocupar por el Personal Militar de las Fuerzas Armadas, se encuentra el de Auxiliar de la Agregaduría, el cual es desempeñado por un Técnico de las Fuerzas Armadas; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento indica que la propuesta del