Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2019 (30/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de agosto de 2019 /

El Peruano

encontrarse las Oficiales propuestas en el Reino de España, el 15 de agosto del 2019; Que, por Oficio Múltiple Nº 00728-2019-MINDEF/SG de fecha 13 de agosto del 2019, la Secretaria General del Ministerio de Defensa hace de conocimiento al Secretario del Comandante General de la Marina, que de acuerdo a coordinaciones efectuadas con las autoridades del Servicio de Asistencia Médica de Urgencias S.A. - SAMU de España, la citada Oficial deberá iniciar sus actividades académicas a partir del 2 de setiembre del 2019, debiendo viajar al Reino de España, el 31 de agosto del 2019; Que, mediante Oficio Nº 1141/52 de fecha 23 de agosto del 2019, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio de la Teniente Primero SN.(MC) Mariel Sayuri JAIMES Ferreyra, para que participe en el Máster Universitario en Medicina de Emergencias y Catástrofes, en la Universidad CEU San Pablo, en la Isla de la Cartuja, Provincia de Sevilla, del 2 de setiembre del 2019 al 1 de setiembre del 2020; asimismo, efectúe la residencia médica en el Sistema de Emergencias del Servicio de Asistencia Médica de Urgencia S.A. - SAMU de España, en la Ciudad de Sevilla, Reino de España del 2 de setiembre del 2020 al 28 de febrero del 2022; lo que permitirá capacitar a Oficiales de Servicios en la especialidad de Médicos Cirujanos, a través de la transferencia de tecnología, intercambio de experiencias, actividades de investigación científica y organización de programas académicos, encaminados a la formación, capacitación y certificación de profesionales en el campo de las emergencias y prevención de riesgos de desastres, para su ejecución y desarrollo a nivel internacional y nacional; Que, conforme a lo indicado en los documentos mencionados en el primer considerando, los gastos por concepto de hospedaje y alimentación, serán sufragados por el Servicio de Asistencia Médica de Urgencias S.A. - SAMU de España; por lo que corresponde al Estado Peruano cubrir los gastos de pasajes aéreos internacionales; Que, de acuerdo con el Documento Nº 174-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, el gasto por concepto de pasajes, correspondiente a la ida, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el Inciso a) del Artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento,

aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Teniente Primero SN.(MC) Mariel Sayuri JAIMES Ferreyra, CIP. 00115770, DNI. 44725209, para que participe en el Programa Integral de Experto en Emergencias para Médicos Iberoamericanos, dirigido a Oficiales de la Sanidad de las Fuerzas Armadas, que incluye la participación en el Máster Universitario en Medicina de Emergencias y Catástrofes en la Universidad CEU San Pablo, en la Isla de la Cartuja, Provincia de Sevilla, del 2 de setiembre del 2019 al 1 de setiembre del 2020; y posteriormente el desarrollo de la residencia médica en el Sistema de Emergencias del Servicio de Asistencia Médica de Urgencia S.A. - SAMU de España, en la Ciudad de Sevilla, Reino de España, del 2 de setiembre del 2020 al 28 de febrero del 2022; así como, autorizar su salida del país el 31 de agosto del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo (ida): Lima - Sevilla (Reino de España) US$. 2,023.41 US$. 2,023.41

Pasaje Terrestre (ida): Sevilla - Isla de la Cartuja (Reino de España) US$. 30.00 US$. 30.00 TOTAL A PAGAR: US$. 2,053.41

Artículo 3.- El pago por gastos de pasajes de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de la participante. Artículo 5.- La Oficial Subalterno designada deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La mencionada Oficial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 7.- La citada Oficial Subalterno está impedida de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1802492-1