Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2019 (30/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de agosto de 2019 /

El Peruano

forma parte de los objetivos estratégicos del sector Relaciones Exteriores; Que, la II Reunión sobre Asuntos Económicos PerúSuiza, se realizó en octubre de 2016, ocasión en la que se abordaron temas de la agenda económica bilateral como las perspectivas de la relación comercial e inversiones, estado del programa de cooperación, así como asuntos vinculados a mecanismos regionales; Que, se ha programado la III Reunión sobre Asuntos Económicos Perú-Suiza, en la ciudad de Berna, Confederación Suiza, el 5 de setiembre de 2019, oportunidad en la que se dialogará sobre asuntos comerciales, de inversión, mecanismos regionales de integración y la agenda bilateral de cooperación para el desarrollo económico; Que, considerando que el señor Viceministro de Relaciones Exteriores participará en la VII Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas Perú-Suiza y en un encuentro con la Secretaria de Estado para Asuntos Económicos de la Confederación Suiza, señora MarieGabrielle Ineichen, el 5 de setiembre de 2019, en la ciudad de Berna - Suiza, ocasiones en las que se abordarán temas de índole económica; Que, se estima necesaria la participación del Director General para Asuntos Económicos en la III Reunión sobre Asuntos Económicos Perú-Suiza; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Mario Juvenal López Chávarri, Director General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Berna, Confederación Suiza, el 5 de setiembre de 2019, para que participe en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 2, 560.00 Viáticos Total Número por día viáticos de días US$ US$ 540.00 1 540.00

Autorizan a la APCI el gasto para el desplazamiento de servidoras de la República del Paraguay, a quienes se les brindará asistencia técnica y capacitación en el marco del Proyecto "Fortalecimiento técnico y optimización en los procesos de producción de cuero y productos de cuero"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0595/RE-2019 Lima, 28 de agosto de 2019 VISTO: El Memorándum (APC) N° APC00262/2019, de 8 de agosto de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI y el Memorándum (DCI) N° DCI00529/2019, de 12 de agosto de 2019, de la Dirección de Cooperación Internacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo N° 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales, que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración; Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República de Perú y la República del Paraguay se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica, suscrito el 7 de agosto de 1996, a través del cual, se estableció un mecanismo de seguimiento, cuyas reuniones se realizan cada dos (02) años alternadamente; Que, en la III Reunión de la Comisión Mixta PeruanoParaguaya, se aprobó el Programa de Cooperación Técnica y Científica Paraguay-Perú 2017-2019, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado "Fortalecimiento técnico y optimización en los procesos de producción de cuero y productos de cuero"; Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la cuarta actividad que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 30 de setiembre al 03 de octubre de 2019 y cuyas instituciones ejecutoras son, el

Nombres y Apellidos Mario Juvenal López Chávarri

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1801237-1