Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2019 (30/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de agosto de 2019 /

El Peruano
7 159 110,00 ----------7 470 790,00 -----------

financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; Que, de otro lado, mediante Informe N° 190-2019-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social sustenta la modificación del Anexo 02 "Transferencia de partidas a favor de Gobiernos Regionales por el cumplimiento de los compromisos de cobertura y condiciones periodo 2019, y compromisos de gestión periodo 2019 en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales", del Decreto Supremo Nº 227-2019-EF, en virtud de ello, con Oficio N° 0583-2019-MIDIS/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la modificación; De conformidad con lo establecido en el literal c) del párrafo 46.1 y el párrafo 46.2 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 96 215 345,00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Gobierno Regional del Departamento de Piura, del Gobierno Regional del Departamento de Tumbes y de veintidós (22) Gobiernos Locales, para financiar sesenta y siete (67) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Soles

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Nacional SECCION SEGUNDA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 25 934 049,00 -------------- 25 934 049,00 --------------

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobiernos Regionales SECCION SEGUNDA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 62 810 506,00 -------------- 62 810 506,00 -------------- 96 215 345,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobiernos Locales TOTAL EGRESOS

1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el párrafo 1.1, se encuentra en el Anexo N° 1: "Transferencia de Partidas a favor de pliegos del Gobierno Nacional", el Anexo N° 2: "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Regionales" y el Anexo N° 3: "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales", que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo N° 4: "Ingresos", que forma parte de esta norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

: Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 311 680,00

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 95 903 665,00 -------------- 96 215 345,00 ============ En Soles : Gobierno Central : Gobierno Nacional 1 : Recursos Ordinarios 311 680,00

GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros FUENTE DE FINANCIAMIENTO

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito