Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2019 (27/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Martes 27 de agosto de 2019 /

El Peruano

MPU, solicita a la Unidad de Contabilidad el cálculo de la Planilla de Viáticos; y a través del Informe Nº Informe Nº 460-2019-GA/MPU, remite la documentación sustentatoria a la Oficina de Asesoría Legal para la emisión de la opinión legal respectiva. Que, mediante Informe Nº 210-2019-AL/MPU, el Abg. Luis Alexander Paredes Quispe ­ Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad Provincial de Urubamba, remite adjunto, la Opinión Legal Nº 035-2019-PJVF-OAJMPU, en la que previo un análisis fáctico y jurídico, opina por la procedencia del viaje a Bogotá ­ Colombia del Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, a efectos de participar como Ponente en la Sesión del Parlamento Andino a desarrollarse en dicha ciudad del 27 al 30 de agosto del presente año; manifestando que debe derivarse todos los actuados al Concejo Municipal para su conocimiento, deliberación y autorización según corresponda, de conformidad al artículo 9 inciso 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 de agosto del 2019, se puso a conocimiento del Pleno Edil, el Oficio Nº 07-2019/MGF/PARLANDINO (incluido sus anexos), a través del cual, el Sr. Mariano González Fernández ­ Parlamentario Andino del Estado Peruano, formula invitación al Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, a efectos de participar como Ponente en la Sesión del Parlamento Andino a desarrollarse del 27 al 30 de agosto del presente año en la en la ciudad de Bogotá ­ Colombia. Estando a las consideraciones jurídicas y fácticas expuestas precedentemente, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9 numeral 11 de la Ley Nº 27972, previa una amplia deliberación y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta respectiva, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Urubamba, con el voto UNÁNIME de los(as) Sres.(as) Regidores(as) que registraron su asistencia en la presente Sesión Extraordinaria; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Sr. LUIS ALBERTO VALCÁRCEL VILLEGAS - ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA, para que en representación oficial de este gobierno local, cumpla en viajar a la ciudad de Bogotá ­ Colombia y participe como Ponente en la Sesión del mes de agosto del Parlamento Andino a desarrollarse en la en la ciudad

de Bogotá ­ Colombia del 27 al 30 de agosto del 2019; debiendo para ello viajar el 26 de agosto del 2019 y retornar el 01 de septiembre del 2019. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la realización de gastos por concepto de viáticos y pasajes nacional e internacional respectivamente que irroguen el presente viaje, serán asumidos a través de la afectación presupuestal 0021 "Normar y Fiscalizar la Conducción Municipal" del Presupuesto Institucional del Ejercicio Fiscal 2019 de la Municipalidad Provincial de Urubamba y en sujeción estricta a los alcances normativos de la Ley Nº 27619, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificados por Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que regulan la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en concordancia con la Directiva Nº 001-MPU-2017 que regula el Procedimiento para el Otorgamiento y Control de Viáticos para Funcionarios y Servidores de la Municipalidad Provincial de Urubamba. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la realización del viaje, el Sr. Luis Alberto Valcárcel Villegas - Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, deberá presentar un informe sobre las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas estipulada por la normativa legal vigente. Artículo Cuarto.- DISPONER la transcripción y publicación del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Oficina de Presupuesto por Resultados, Unidad de Logística, Unidad de Contabilidad y demás Órganos Estructurados de la Municipalidad Provincial de Urubamba, para su cumplimiento y fines correspondientes de ley. Artículo Sexto.- DISPONER a la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicación, publique en la página web institucional www.muniurubamba.gob. pe, así como en el panel publicitario de la Municipalidad Provincial de Urubamba. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. LUIS ALBERTO VALCARCEL VILLEGAS Alcalde 1801090-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

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