Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2019 (27/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 27 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas, representada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), relativo a la celebración de la 29° Reunión de Jefes de los Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (HONLEA), América Latina y el Caribe" fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito del 27 de junio de 2019 y Nota RE (DGM) N° 7-4-D/5 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú del 8 de agosto de 2019; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas, representada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), relativo a la celebración de la 29° Reunión de Jefes de los Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (HONLEA), América Latina y el Caribe" formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito del 27 de junio de 2019 y Nota RE (DGM) N° 7-4-D/5 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú del 8 de agosto de 2019. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Protocolo Modificatorio, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1801519-9

segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo a la Creación del Programa de Cooperación Científica «ECOS NORD», suscrito en Lima, el 30 de mayo de 2019. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1801519-10

Dan por terminadas funciones de Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2019-RE Lima, 26 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N.° 123-2013RE, de 10 de mayo de 2013, se nombró Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Adolfo Meza-Cuadra Velásquez; Que, mediante Resolución Ministerial N.° 0681-2013RE, se fijó el 1 de octubre de 2013, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Adolfo Meza-Cuadra Velásquez, como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América. Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Ratifican el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo a la Creación del Programa de Cooperación Científica «ECOS NORD»
DECRETO SUPREMO Nº 041-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo a la Creación del Programa de Cooperación Científica «ECOS NORD» fue suscrito en Lima, el 30 de mayo de 2019. Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el