Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2019 (27/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 30
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NORMAS LEGALES
Martes 27 de agosto de 2019 /
El Peruano
precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveído Nº 040-2019-FONDECYT-DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 448,125.00 (Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Veinticinco y 00/100 Soles), a favor de los ganadores de los concursos de los Esquemas Financieros E046-201901 denominado "Organización de Eventos de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica", y E059-2019-01 denominado "Redes de Investigación en Biotecnología Perú - Chile", señalando que permitirá cofinanciar los proyectos ganadores de los referidos concursos, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 037-2019-FONDECYTUSM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de las subvenciones a personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los proyectos señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certificados de Crédito Presupuestario N° 772-2019, 780-2019, 7902019, 794-2019 y 795-2019, y copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 040-2019-FONDECYT-DE y 048-2019-FONDECYT-DE, que aprueban los resultados de los concursos de los citados esquemas financieros; Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimiento de todos requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, en las bases de los concursos, en los contratos suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre
la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en el mencionado Informe Técnico Legal; Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, los Responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de las subvenciones a personas jurídicas privadas (para cofinanciar los proyectos citados en el Informe Técnico Legal Nº 037-2019-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ), las disposiciones contenidas en las bases de los mencionados esquemas financieros, los contratos (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Directora Ejecutiva (e) de la Unidad Ejecutora FONDECYT; y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", y su modificatoria efectuada mediante Resolución de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de las subvenciones a personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 448,125.00 (Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Veinticinco y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente:
N° de Convenio o Contrato 175-2019 Monto Total del desembolso en Soles S/ 72,470.00
N°
Tipo
Proyecto o Programa
Denominación
Institución
1
Proyecto
Estrategias biotecnológicas para el desarrollo de la toxinología molecular y descubrimiento de fármacos: el Universidad Nacional Mayor de San Marcos modelo ofídico Red de investigación Perú-Chile: compartiendo Universidad Nacional Agraria experiencias y desafíos relacionados a la Biotecnología La Molina Vegetal, Industrial & Bioprocesos Últimos avances en métodos preventivos y de control contra las enfermedades bacterianas en peces de cultivo. Seminario Internacional en Biotecnología para la salud "Uso de aproximaciones ómicas para evaluar el potencial biotecnológico de microalgas" XXII Congreso Internacional EDUTEC 2019: Tecnología e Innovación para la calidad y diversidad de los aprendizajes. TOTAL Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad Científica del Perú Pontificia Universidad Católica del Perú
2
Transferencias financieras
Proyecto
179-2019
65,600.00
3 4 5 6 Subvenciones a personas jurídicas
Proyecto Proyecto Proyecto Proyecto
182-2019 196-2019 159-2019 183-2019
74,880.00 50,000.00 71,985.00 113,190.00 448,125.00