Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2018 (15/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 15 de mayo de 2018 /

El Peruano

dividido en tres zonas (baja, media y alta), contando la zona baja con cuatro juzgados penales, y las zonas media y alta con tres juzgados penales cada una. En relación a la zona alta, la cual presenta el menor número de ingresos de expedientes principales, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial señaló que se ubican tres Juzgados Penales (1 permanente y 2 transitorios), de los cuales el 3° Juzgado Penal Permanente y el 1° Juzgado Penal Transitorio funcionan con turno abierto, y el 3° Juzgado Penal Transitorio funciona con turno cerrado; al respecto, estos juzgados penales tienen estimado para el presente año una carga procesal de 673 expedientes, y considerando que la carga máxima establecida para un juzgado penal es de 680 expedientes, evidenciaría que dicha carga procesal podría ser asumida por el 3º Juzgado Penal Permanente, concurriendo de esta manera con lo indicado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en cuanto a que el 1º y 3º Juzgados Penales Transitorios de San Juan de Lurigancho, que fueron asignados inicialmente para apoyar en la descarga de la elevada carga procesal que presentaba dicha zona alta, serían prescindibles en la especialidad. En relación a lo solicitado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este de convertir los juzgados penales transitorios de San Juan de Lurigancho en juzgados de familia, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial informó que para el trámite de expedientes en esta especialidad, en el citado distrito existen siete juzgados de familia (6 permanentes y 1 transitorio), a los cuales se suma el 2º Juzgado Civil Permanente de San Juan de Lurigancho, que desde el 1 de mayo de 2016 tramita en adición a sus funciones los procesos de familia bajo los alcances de la Ley Nº 30364 "Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar", conforme a lo dispuesto en el artículo sexto de la Resolución Administrativa N° 079-2016-CE-PJ. Sobre el particular, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial señaló que el estándar para la especialidad familia de 820 expedientes se encuentra desfasado a la fecha, ya que este fue aprobado teniendo en consideración el promedio de lo resuelto por los juzgados de esta especialidad con anterioridad a la promulgación de la Ley 30364 "Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar", por la cual se incorporan procesos muy céleres, en los cuales se debe emitir medidas de protección en un plazo máximo de setenta y dos horas, posteriores a la interposición de la denuncia, conforme a lo dispuesto en el artículo 16° de la mencionada ley. De igual manera, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial señaló que al mes de diciembre de 2017, el ingreso total de expedientes en la especialidad familia en el Distrito de San Juan de Lurigancho fue de 8,502 expedientes, estimándose para el presente año un ingreso similar, y considerando que aún con el estándar desactualizado la carga máxima para un juzgado de familia es de 1,394 expedientes, se evidencia que los ingresos seguirían siendo atendidos adecuadamente por los siete juzgados de familia y el 2° Juzgado Civil Permanente del Distrito de San Juan de Lurigancho. Así, también, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial señaló que durante el año 2017, el promedio de expedientes resueltos por los juzgados de familia de San Juan de Lurigancho fue de 1,229 expedientes, cifra que resulta inferior a los 1,400 expedientes promedio que vienen desarrollando los juzgados de familia de otras Cortes Superiores de Justicia, que tramitan procesos de violencia familiar de la Ley N° 30364, por lo que se confirma que por el momento no se requeriría de la asignación de más juzgados de familia transitorios adicionales para el Módulo Especializado de Familia de San Juan de Lurigancho, considerando además que el nuevo estándar de expedientes se encuentra pendiente de aprobación y que el mismo será mayor al vigente, toda vez que la cantidad de expedientes resueltos excede ampliamente al estándar establecido. De otro lado, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial informó que la Corte Superior de Justicia de Loreto cuenta con dos juzgados de trabajo (1 permanente y 1 transitorio), encargados de tramitar los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales en

la Provincia de Maynas, de los cuales al mes de diciembre del año 2017, el 2º Juzgado de Trabajo Permanente de Maynas, registró una carga inicial e ingresos de 1,799 y 3,376 expedientes, respectivamente, con lo cual la carga procesal total fue de 5,175 expedientes, cifra superior a la carga máxima establecida en 1,530 expedientes para un juzgado laboral de esta subespecialidad; al respecto, y a pesar que el 2º Juzgado de Trabajo Permanente de Maynas resolvió 1,272 expedientes, alcanzando un muy buen avance del 141% con respecto al estándar anual, aún queda una considerable carga pendiente de resolver de 3,432 expedientes. Asimismo, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial señaló que el Juzgado de Trabajo Transitorio de Maynas que desde el mes de octubre de 2017 apoya con turno cerrado al 2º Juzgado de Trabajo Permanente de Maynas, registró un muy buen avance del 102% al resolver 386 expedientes, quedando igualmente con una considerable carga pendiente de 1,120 expedientes; de igual manera, señaló que de proyectar las cifras para el presente año, se estima que la carga procesal total ascienda a 7,427 expedientes, y considerando que la carga máxima establecida para un juzgado laboral de esta subespecialidad es de 1,530 expedientes, evidencia que se encontrarían en situación de sobrecarga procesal por lo que se justificaría el apoyo temporal de un juzgado de trabajo adicional. De igual manera, el Jefe de la Oficina de Productividad informó que la Corte Superior de Justicia de Junín cuenta con dos juzgados de trabajo (1 permanente y 1 transitorio), encargados de tramitar los procesos laborales de la subespecialidad correspondiente a Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales en la Provincia de Huancayo, de los cuales el 1º Juzgado de Trabajo Permanente de Huancayo, registró al mes de diciembre del año 2017 una carga inicial e ingresos de 901 y 2,453 expedientes, respectivamente, con lo cual la carga procesal total fue de 3,354 expedientes, cifra que es superior a la carga máxima establecida en 1,530 para un juzgado laboral de esta subespecialidad, a pesar que dicho juzgado de trabajo resolvió 1,201 expedientes, alcanzando un muy buen avance del 133%, quedando una considerable carga pendiente de 1,759 expedientes. Asimismo, el Juzgado de Trabajo Transitorio de Huancayo, que apoya con turno cerrado en la descarga procesal de expedientes de la referida subespecialidad laboral, registró un buen avance del 90% al resolver 809 expedientes, quedando igualmente una considerable carga pendiente de 1,120 expedientes. Al respecto, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial señaló que al proyectar las cifras para el presente año, se estima que la carga procesal total ascienda a 5,406 expedientes, y considerando que la carga máxima establecida para un juzgado laboral de esta subespecialidad es de 1,530 expedientes, evidencia que se encontrarían en situación de sobrecarga procesal por lo que se justificaría el apoyo de un juzgado de trabajo adicional. En tal sentido, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial propuso la conversión y reubicación del 1º Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, como 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de Maynas (Iquitos), Corte superior de Justicia de Loreto, para que tramite con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales en la Provincia de Maynas; así como, la conversión y reubicación del 3º Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, como 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de Huancayo, Corte Superior de Justicia de Junín, para que tramite, con turno cerrado, los procesos laborales de la referida subespecialidad en la Provincia de Huancayo. f) Mediante Oficio N°1253-2018-P-CSJLN-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte solicitó la conversión del Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Carabayllo, como Juzgado de Familia Transitorio del Distrito de Carabayllo. Al respecto, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial señaló que el Distrito de Carabayllo, cuenta con dos Juzgados Civiles Transitorios (1permanente y 1 transitorio), avocados al trámite de los procesos de la especialidad civil y familia, los cuales han visto incrementada su carga procesal debido