Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2017 (11/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de noviembre de 2017 /

El Peruano

la Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, del 12 al 19 de noviembre de 2017, a la ciudad de Yaundé, República de Camerún, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 3 346.73 Viáticos (3 + 1 día) : US$ 1 920.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1585683-1

Aprueban la Política Institucional de Gestión de Riesgos en el marco del Sistema de Control Interno en el Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 625-2017-MINEDU Lima, 10 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes; Que, el artículo 7 de la citada Ley Orgánica, establece que el control interno comprende las acciones de cautela previa, simultánea y de verificación posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectúe correcta y eficientemente, siendo responsabilidad del Titular de la entidad fomentar y supervisar el funcionamiento y confiabilidad del control interno para la evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a que éste contribuya con el logro de la misión y objetivos de la entidad a su cargo; Que, la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, tiene por objeto establecer las normas para regular la elaboración, aprobación, implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación de control interno en las entidades del Estado con el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades con control previo, simultáneo y posterior, contra los actos y prácticas indebidas o de corrupción, propendiendo al debido y transparente logro de los fines, objetivos y metas institucionales; estableciéndose, en su artículo 6, las obligaciones del Titular y funcionarios de la entidad, relativas a la implantación y funcionamiento del control interno; Que, el artículo 4 de la referida Ley establece que las entidades implantan obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3202006-CG, se aprobaron las "Normas de Control Interno", las cuales señalan que la evaluación de riesgos es parte del proceso de administración de riesgos, e incluye: planeamiento, identificación, valoración o análisis, manejo o respuesta y el monitoreo de los riesgos de la entidad; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 1492016-CG, se aprobó la Directiva Nº 013-2016-CGGPROD denominada "Implementación del Sistema de Control Interno en la Entidades del Estado", en adelante la Directiva, que establece la obligatoriedad y los plazos que las entidades deben seguir para iniciar o complementar su Modelo de Implementación del Sistema de Control Interno, el cual comprende las fases de planificación, ejecución y evaluación, constituida cada una de ellas por etapas y estas últimas por actividades, las cuales se desarrollan secuencialmente a fin de consolidar el Control Interno de la entidad; Que, el numeral 7.2.2 de la Directiva señala que en la fase de planificación, durante la etapa de identificación de brechas, la actividad 5 prevé la realización del diagnóstico del Sistema de Control Interno, el cual incluye la realización del análisis de la gestión de riesgos, donde la entidad debe considerar entre otros aspectos, la elaboración de la política de riesgos, el manual de gestión de riesgos y del plan de gestión de riesgos; Que, de otro lado, el numeral 7.3 de la Directiva indica que en la fase de ejecución se deben implementar las acciones traducidas en protocolos, lineamientos y políticas por cada componente del Sistema de Control Interno;

EDUCACION
Designan Jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 622-2017-MINEDU Lima, 9 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 489-2017-MINEDU, se encargó las funciones de Jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que ejercerá el cargo de Jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, siendo necesario dar por concluido el referido encargo de funciones; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor LUIS FELIPE RODRIGUEZ ALFARO en el cargo de Jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación. Artículo 2.- Dar por concluido el encargo de funciones conferido mediante Resolución Ministerial N° 489-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1585439-1