Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2017 (11/11/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

14

NORMAS LEGALES

Sábado 11 de noviembre de 2017 /

El Peruano

mediante el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 324-2013-PRODUCE y el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 217-2016-PRODUCE, respectivamente. Artículo 2.- Designar a la señora Carolina Cecilia Ale Izaguirre como miembro titular del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a las funciones que actualmente desempeña. Artículo 3.- Designar al señor Juan Carlos Benner Caycho como miembro suplente del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a las funciones que actualmente desempeña. Artículo 4.- Designar al señor Luis Antonio Ramírez Suárez como miembro suplente del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a las funciones que actualmente desempeña. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1585429-1

Oficializan Taller sobre sistemas de observación costeros y tecnologías GLIDER y el Taller de expertos sobre escenarios regionales de cambio climático para el afloramiento y la anchoveta del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 550-2017-PRODUCE Lima, 10 de noviembre de 2017 VISTOS: El Memorando N° 903-2017-PRODUCE/ UE003: FCHD-ACP de la Unidad Ejecutora 003: "Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado", el Memorando N° 01410-2017-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 1602-2017-PRODUCE/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, tiene por objeto normar la actividad pesquera, con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 344-2014-PRODUCE, se designa a la Unidad Ejecutora 003: "Fomento al Consumo Humano Directo ­ A Comer Pescado", como la unidad encargada de ejecutar el Proyecto "Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino-Costero de Perú", según lo establecido en los Convenios GRT/MC-14159-PE "Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo de Múltiples Donantes para la Iniciativa de Energía Sostenible y Cambio Climático" y ATN/OC-14160-PE "Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino-Costero de Perú"; Que, el Jefe de la Unidad Ejecutora 003, a través del Memorando N° 903-2017-PRODUCE/UE003: FCHDACP, solicita la oficialización del Taller sobre sistemas de observación costeros y tecnologías GLIDER, a realizarse los días 13 y 14 de noviembre de 2017, y del Taller de expertos sobre escenarios regionales de cambio climático para el afloramiento y la anchoveta del Perú, a realizarse los días 15, 16 y 17 de noviembre de 2017, los cuales vienen siendo organizados conjuntamente con el Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE; Que, con el Informe N° 101-2017-PRODUCE/UE003: FCHD-ACP/UPP, el Responsable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, señala que es importante la oficialización de los referidos talleres, los cuales se organizan en el marco del componente

N° 1 del Proyecto "Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino-Costero de Perú", relacionado al fortalecimiento del conocimiento científico actual sobre los impactos del cambio climático en la pesquería peruana, contándose para ello, con la participación de expertos nacionales y extranjeros; Que, mediante el Memorando N° 01410-2017-PRODUCE/OGPPM, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 253-2017-PRODUCE/OGPPM-OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización, por el cual se emite opinión favorable a la oficialización de los citados talleres, precisando que éstos se encuentran vinculados al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2021 del Sector Producción y al Plan Estratégico Institucional del Ministerio de la Producción (PEI) 2016 - 2018; Que, de lo expuesto, corresponde oficializar el Taller sobre sistemas de observación costeros y tecnologías GLIDER y el Taller de expertos sobre escenarios regionales de cambio climático para el afloramiento y la anchoveta del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar el Taller sobre sistemas de observación costeros y tecnologías GLIDER, a realizarse los días 13 y 14 de noviembre de 2017, y el Taller de expertos sobre escenarios regionales de cambio climático para el afloramiento y la anchoveta del Perú, a realizarse los días 15, 16 y 17 de noviembre de 2017, organizados por la Unidad Ejecutora 003: "Fomento al Consumo Humano Directo ­ A Comer Pescado" del Ministerio de la Producción y el Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1585430-1

Autorizan transferencia de financieros a favor del IMARPE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 552-2017-PRODUCE 10 de noviembre de 2017

recursos

VISTOS: El Oficio Nº 466-2017-IMARPE/DEC y el Oficio Nº 379-2017-IMARPE/CD del Instituto del Mar del Perú, los Informes Nº 196 y 202-2017-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Memorando Nº 1111-2017-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que el Ministerio de Pesquería, actualmente denominado Ministerio de la Producción, destinará de sus recursos propios y para fines de investigación científica, tecnológica y capacitación, un porcentaje de los derechos que graven el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones, permisos de pesca y licencias; Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2008-PRODUCE, dispone que el Ministerio de la Producción destinará a la ejecución de actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola, un porcentaje