Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2017 (11/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de noviembre de 2017 /

El Peruano

- Presidente del Taller Adulto Mayor en Morón Miembro - Presidente del Taller Adulto Mayor en Nueva Alianza Miembro - Presidente del Taller Adulto Mayor en Biblioteca Municipal Miembro - Dra. Gerontóloga especializada en el Adulto Mayor Miembro - Director del P.S. Vidas Restauradas Miembro - Comisario del distrito de Chaclacayo Miembro - Representante de la parroquia de Chaclacayo S.S. Miembro - Representante del INABIF Miembro - Representante del Ministerio de la MIMPV Miembro - Coordinadora de las J.V de S.C del distrito de Chaclacayo Miembro Artículo Tercero.- ESTABLECER como funciones del Comité Distrital del Adulto Mayor ­ CODAM, planear, dirigir y conducir las actividades del Adulto Mayor, así como coordinar y apoyar a la Subgerencia de Salud, Bienestar y Programas Sociales en los planes de prevención, emergencia y casos sociales; promoviendo y difundiendo la adecuada capacitación del Adulto Mayor del distrito de Chaclacayo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social y a la Subgerencia de Salud, Bienestar y Programas Sociales de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, la implementación del Comité Distrital del Adulto Mayor (CODAM) en el distrito de Chaclacayo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1584980-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el distrito "La basura antes de botarla hay que separarla"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2017-MDL Lince, 26 de octubre de 2017 VISTO: El Informe Nº 066-2017-MDL-GGA/SOA de fecha 11 de octubre de 2017, emitido por la Subgerencia de Operaciones Ambientales, Informe Nº 481-2017-MDLGAJ de fecha 24 de octubre de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme señala el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú indica que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que desde una perspectiva constitucional,

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN