Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2017 (11/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 11 de noviembre de 2017
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

NORMAS LEGALES
En Soles

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5 : Recursos Determinados 56 689 375,00 --------------------TOTAL INGRESOS 56 689 375,00 ============

Autorizan viaje de funcionaria a Camerún, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 433-2017-EF/43 Lima, 10 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 28 de octubre de 2017, la Secretaría del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas, para participar en "The 10th Meeting of the Global Forum on Transparency and Exchange of Information for Tax Purposes", a realizarse del 15 al 17 de noviembre de 2017, en la ciudad de Yaundé, República de Camerún; Que, en el citado evento se desarrollarán los siguientes temas: (i) la lucha contra las corrientes financieras ilícitas a través de la cooperación internacional en materia tributaria; (ii) desarrollos recientes en materia de transparencia fiscal, en el cual se expondrán los trabajos realizados sobre el Marco Inclusivo del plan BEPS (Erosión de Bases Imponibles y Transferencia de Beneficios, por sus siglas en inglés); (iii) las primeras experiencias en materia de intercambio automático de información contable financiera, incluyendo la propuesta de un nuevo enfoque para los compromisos de los países en desarrollo con el fin de garantizar que se beneficien de los avances en cooperación internacional en materia tributaria, entre otros; evento que contará con la participación de los delegados de los países miembros del citado Foro Global a fin de tomar conocimiento de las nuevas recomendaciones y estándares que dicho Foro Global adopte; así como de los avances que se han dado a nivel mundial; Que, el Perú como miembro del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la OCDE, requiere adoptar los estándares y recomendaciones que se establezcan en el citado evento; en ese sentido, la participación del Ministerio de Economía y Finanzas en el citado evento permitirá recoger los aportes que se requieran para los fines de implementación y cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso del Perú a la OCDE; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación de la señora Nelly Virginia Arce Ludeña, Directora (e) de la Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, en el citado evento, en atención a que la Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales es la encargada de formular, proponer y evaluar los lineamientos de política tributaria internacional; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01 ­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 0692015-EF/43 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Nelly Virginia Arce Ludeña, Directora (e) de

EGRESOS : Instancias Descentralizadas 463 : Gobierno Regional del Departamento de Lima UNIDAD EJECUTORA 100 : Agricultura Lima PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 56 689 375,00 --------------------56 689 375,00 ============ SECCION SEGUNDA PLIEGO

1.2 El detalle de los recursos asociados al Crédito Suplementario a que hace referencia el numeral 1.1 se encuentra en el Anexo N° 01 "Crédito Suplementario a favor del Gobierno Regional del Departamento de Lima" y en el Anexo N° 02 "Listado de actividades de descolmatación de ríos en la Región Lima"; los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1585858-1