Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2017 (15/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de febrero de 2017 /

El Peruano

entre sus funciones coordinar y ejecutar la producción de las estadísticas básicas a través de censos, encuestas por muestreo y registros administrativos del Sector Público; Que, la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales, tiene previsto en su Plan Operativo del presente año, la ejecución de la "Encuesta Nacional de Programas Presupuestales 2017", en las áreas urbanas y rurales de los 24 departamentos del país y la Provincia Constitucional del Callao; Que, la "Encuesta Nacional de Programas Presupuestales 2017", permitirá obtener información actualizada para el seguimiento y evaluación de los diferentes programas presupuestales y el diseño y orientación de políticas públicas, para el mejoramiento de las condiciones de vida de la población; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Nacional de Programas Presupuestales 2017", que cuenta con los documentos metodológicos correspondientes: ficha técnica, manuales de capacitación y formularios, que requieren ser aprobados de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, "Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Estando a lo propuesto por la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales, con la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta Nacional de Programas Presupuestales 2017", que será aplicada a 44,000 viviendas particulares, ubicadas en el ámbito urbano y rural de los 24 departamentos del país y la Provincia Constitucional del Callao, la que estará a cargo de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales y de las Oficinas Departamentales o Zonales del Instituto Nacional de Estadística e Informática pertinentes. Artículo 2º.- Aprobar, los formularios de la referida Encuesta, los mismos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Establecer, como periodo de ejecución de la referida Encuesta, del 10 enero al 31 de diciembre de 2017, la misma que se efectuará mediante entrevista directa. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1485356-1

la notificación de actos administrativos por el medio electrónico Notificaciones SOL, disponiéndose, entre otros, que los actos administrativos que se señalan en el anexo de la citada norma pueden ser notificados a través de dicho medio y que la SUNAT deposita copia del documento o ejemplar del documento electrónico, en el cual consta el acto administrativo, en un archivo de formato de documento portátil (PDF) en el buzón electrónico asignado al deudor tributario, registrando en sus sistemas informáticos la fecha del depósito; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 180º del Código Tributario, por la comisión de infracciones, la Administración Tributaria aplica, entre otras sanciones, multas; Que la segunda disposición complementaria modificatoria de la Resolución de Superintendencia Nº 303-2016/SUNAT, que aprobó las disposiciones para la presentación de observaciones a la liquidación preliminar y del sustento de dichas observaciones al procedimiento de fiscalización parcial electrónica de tributos internos, incorporó al anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT la resolución de multa emitida en un procedimiento de fiscalización parcial electrónica; Que resulta necesario modificar el anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT para incorporar en él las resoluciones de multas emitidas en procedimientos distintos al de fiscalización parcial electrónica, como actos administrativos que la SUNAT puede notificar por Notificaciones SOL; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso b) del artículo 104º del Código Tributario aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias; el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT; el artículo 5º de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único. Modificación del anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT y normas modificatorias Incorpórase al anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT y normas modificatorias el siguiente acto administrativo: "ANEXO (...)
Nº (...) 32. Resolución de Multa Distintos al de fiscalización parcial electrónica." Tipo de documento Procedimiento

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT que regula la notificación de los actos administrativos por medios electrónicos
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 039-2017/SUNAT Lima, 10 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT y normas modificatorias se reguló

Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1485282-1

Incorporan dependencias al Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT que aprueba el Sistema Integrado del Expediente Virtual para el llevado de los expedientes electrónicos del Procedimiento de Cobranza Coactiva
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 041 -2017/SUNAT Lima, 10 de febrero de 2017