Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2016 (26/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2016-MDH Huaura, 26 de octubre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En sesión ordinaria de concejo municipal de fecha 26 de octubre del 2016, el memorándum Nº 2477-2016GM/MDH de la Gerencia Municipal, Informe Nº 2612016-SGPP/MDH de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 083-2016-CIAM-SGDH/MDH, emitido por la Oficina del CIAM, Informe Nº 448-2016-AJMDH respecto al proyecto de ordenanza de modificación y estructura orgánica y reglamento de organización y funciones de la Municipalidad Distrital de Huaura. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4º precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7º de la Constitución, establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Que, el artículo 2º de la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, define, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10º de la precipitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de centros integrales de atención al adulto mayor (CIAM) por los gobiernos locales, en el marco de sus competencias, para la participación e integración social, económica y cultural de la persona adulta mayor, a través de la prestación de servicios, en coordinación o articulación con instituciones públicas o privadas; programas y proyectos que se brindan en su jurisdicción a favor de la promoción y protección de sus derechos. Que, mediante Ley Nº 27658; Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0013-2013MDH de fecha 13 de septiembre del 2013, se creó el centro integral municipal de atención del adulto mayor (CIAM) del Distrito de Huaura, integrado por personas mayores de 60 años, con la finalidad de desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre los participantes, asimismo identificar problemas individuales, familiares, entre otros. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con la mayor eficiencia su misión y funciones;

Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, asimismo, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2016MDH, de fecha 30 de Junio se aprobó el ROF de la Municipalidad Distrital de Huaura; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2016MDH, de fecha 24 de agosto se aprobó la adecuación del Centro Integral del Adulto Mayor ­ CIAM de la Municipalidad Distrital de Huaura; Que, en los documentos de vistos se aprecia que la modificación al Reglamento de Organización y Funciones está alineadas con las normas legales aludidas así como en la necesidad de incorporar las funciones del Centro Integral del Adulto Mayor ­ CIAM al ROF de la Municipalidad. Con las opiniones favorables de la Gerencia Municipal, de la SubGerencia de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972; Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, aprobó por unanimidad la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F.) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad Distrital de Huaura, incorporándose las funciones del CIAM, según el artículo 11.1 de la Ley Nº 30490 que deroga la Ley Nº 28803, en la estructura orgánica de la SubGerencia de Desarrollo Humano, asignándole como funciones las previstas en la Ley Nº 30490 ­ Ley de la Persona Adulta Mayor. Funciones del CIAM: 1. Promover estilos de vida saludables y práctica del autocuidado. 2. Coordinar actividades de prevención de enfermedades con las instancias pertinentes. 3. Coordinar el desarrollo de actividades educacionales con las instancias pertinentes, con especial énfasis en la labor de alfabetización. 4. Prestar servicios de orientación socio legal para personas adultas mayores. 5. Promover y desarrollar actividades de generación de ingresos y emprendimientos. 6. Desarrollar actividades de carácter recreativo, cultural, deportivo, intergeneracional y de cualquier otra índole. 7. Promover la asociatividad de las personas adultas mayores y la participación ciudadana informada.