Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2016 (26/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Adulto Mayor - CIAM, en la estructura orgánica de la Dirección de Desarrollo Social, División de Atención a la Población Prioritaria y asignar las funciones correspodientes, la misma que se encontraba enmarcada dentro de la Ley N° 28803 y al ser derogada por la Ley N° 30490, Ley del Adulto Mayor, es necesario también derogar la Ordenanza en mención, con el fin de adecuar al nuevo Marco Legal de la Ley del Adulto Mayor Nº 30490, en atención y cumplimiento de la actividad Nº 03 de la META 31 " Modificación del Reglamento y Funciones - ROF, incorporando las funciones del - CIAM". Que, estando conforme a lo precisado en los considerandos antes expuestos, resulta necesario aprobar la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Jaén, Departamento de Cajamarca; Que, el artículo 9° numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades; Ley N° 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que, las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tienen competencia normativa; Que conforme a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley N° 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; por lo que, el Concejo Municipal Provincial de Jaén, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de Octubre del 2016, la cual consta en Acta, conforme lo acredita el Secretario General interviniente, y; con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, por MAYORÍA se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES- ROF, DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JAÉN, Artículo Primero.- APROBAR la Modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organizacíón y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Jaén, la misma que consta de 273 Artículos contenidos en 8 Títulos, 12 Capítulos y 11 Disposiciones Transitorias y Finales, encontrándose incorporadas las funciones del CIAM dentro de la Gerencia de Desarrollo y Promoción Social, Sub Gerencia de Bienestar y Promoción Social y que como anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 018-2011-MPJ, de fecha 14 de diciembre del 2011 y demás normas que se opongan a la presente. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 009-2016-MPJ, de fecha 19 de julio del 2016. Artículo Cuarto.- FACÚLTESE al Señor Alcalde para que a través de un Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento del Centro Integral de Atención del Adulto Mayor - CIAM así como las acciones necesarias para su implementacíón efectiva, en beneficio de la población adulta mayor de la comunidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, que de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley 29091, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, sin los anexos correspondientes, siendo publicados estos en el Portal Electrónico Institucional y Portal del Estado Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Unidad de Recursos Humanos y demás unidades Orgánicas competentes de la Municipalidad Provincial de Jaén, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que en coordinación con la Oficina de Administración, implementen la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Jaén, acorde

con la disponibilidad presupuestaria, sustentada según el Informe N°121-2016-MPJ/OPP, emitido por la Oficina de Planificación y Presupuesto, la misma que se encuentra contemplada en el Anexo III del Informe Técnico Sustentatorio, en base a la nueva escala remunerativa. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Oficina de Administración; a tráves de la Unidad de Recursos Humanos, la Oficina de planificación y Presupuesto, en Cordinación con la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil de la Municipalidad Provincial de Jaén, iniciar las acciones para la ejecución de las etapas establecidas en el marco legal de la Ley SERVIR N° 30057. Artículo Noveno.- VIGENCIA, la Presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALTER HEBERT PRIETO MAITRE. Alcalde 1457625-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Otorgan amnistía tributaria a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2016-MDCA Cerro Azul, 22 de noviembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL POR CUANTO VISTO En sesión ordinaria de fecha 22 de noviembre del 2016, el informe Nº 019-2016-GAT-MDCA emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, por el que propone adoptar las medidas convenientes para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente del Distrito de Cerro Azul, tomando en consideración la situación económica y la voluntad de los contribuyentes de ponerse al día en sus correspondientes obligaciones tributarias con esta Corporación Edil, y; CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificada por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con rango de Ley, de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la referida Carta Magna; Que, el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el numero 3) del artículo 27º del Texto Único Ordenado del referido código Tributario, contempla la condonación como un medio de extinción de la Obligación Tributaria. Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que la deuda Tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las